Ley Núm. 369 de 02. Septiembre de 2000 de Enmienda Código de Seguros

EventoLey
Fecha 2 de Septiembre de 2000

Para adicionar Art. 27.131 al Código de Seguro de 1957

LEY NUM. 369 DEL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000

Para adicionar un nuevo Artículo 27.131 a la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como "Código de Seguros de Puerto Rico", a los fines de establecer las normas que regirán los métodos, actos o prácticas de venta de seguros de las instituciones financieras o sus afiliadas, que protegerán a los consumidores de seguros y la información personal de éstos, de conformidad con la Ley Federal "Gramm-Leach-Bliley" y las disposiciones aplicables de este Código y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La ley federal titulada "Gramm-Leach-Bliley Financial Modernization Act of 1999", en adelante "Ley Gramm-Leach-Bliley", autoriza a los funcionarios a quienes se les ha encomendado la supervisión y fiscalización del negocio de seguros de cada estado a reglamentar diversos aspectos de las ventas de seguros que realicen instituciones financieras o sus afiliadas en virtud de lo dispuesto en dicha ley federal, a establecer reglamentación para proteger al consumidor de seguros conforme a los parámetros dispuestos en la referida ley federal, y a poner en vigor la protección de la privacidad del consumidor de seguros respecto a la información personal que establece dicha ley.

La concesión de esa autoridad no es otra cosa que un acto de reafirmación, por parte del Congreso de los Estados Unidos de Norteamérica, de la autoridad anteriormente conferida por otra legislación federal:

la Ley McCarran Ferguson, a los estados para supervisar y fiscalizar las actividades de la industria de seguros en cada jurisdicción.

Esa concesión original de autoridad a los estados ha quedado efectivamente reforzada y ampliada por la Ley-Gramm-Leach-Bliley para que las actividades de seguros que llevan a cabo las referidas instituciones depositarias o sus afiliadas queden sujetas a la supervisión y fiscalización de los estados.

En Puerto Rico, al amparo de la autoridad conferida por la Ley McCarran Ferguson se legisló para encomendarle la tarea de supervisión y fiscalización de la industria de seguros a un funcionario en especial:

el...

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