Ley Núm. 355 de 02. Septiembre de 2000 de Enmienda Ley Junta Manejo de Playas

EventoLey
Fecha 2 de Septiembre de 2000

Para enmendar el art. 3a de la ley 293 del 1999: Junta para el Manejos de las Playas.

LEY NUM. 355

DEL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000

Para enmendar el Artículo 3a de la Ley Núm. 293 de 21 de agosto de 1999, a fin de aumentar el número de miembros de la Junta Interagencial para el Manejo de las Playas de Puerto Rico y añadir al Presidente de la Junta de Calidad Ambiental y al Presidente de la Junta de Planificación de Puerto Rico a la misma.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Junta Interagencial para el Manejo de las Playas de Puerto Rico fue creada mediante la Ley Núm. 293 de 21 de agosto de 1999.

Dicha Ley dispone las

responsabilidades de la Junta Interagencial. Entre ellas se encuentra

el realizar las gestiones necesarias para proteger y evitar la contaminación de las playas de Puerto Rico.

El Artículo 3a de la Ley Núm. 293 menciona

los miembros de las entidades gubernamentales que componen la Junta Interagencial entre los que se encuentran: el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; el Departamento de Recreación y Deportes; la Compañía de Turismo; la Policía de Puerto Rico; la Oficina Central de Asuntos Municipales.

En la Ley no se incluyó al presidente de la Junta de Calidad Ambiental.

La Junta de Calidad Ambiental es una agencia gubernamental creada por ley en la que se le dispone deberes y facultades. Algunos de estos son: desarrollar y recomendar la política pública para alentar y promover el mejoramiento del medio ambiente para enfrentarse a los requisitos de conservación; llevar a cabo investigaciones, estudios, inspecciones y análisis relacionados al sistema ecológico y de la calidad del medio ambiente; adoptar reglamentos, emitir permisos y dictar órdenes restringiendo el contenido de cualquier desperdicio o sustancia

contaminadora descargada o que se traten de descargar en las aguas de Puerto Rico; entre otros.

La Junta de Planificación de Puerto Rico tiene como encomienda trazar el desarrollo de la Isla y promover la ordenación adecuada de terrenos y facilidades.

La Asamblea Legislativa de Puerto Rico entiende necesario enmendar la Ley Núm. 293 de 21 de agosto de 1999, a fin de integrar al presidente de la Junta de Calidad Ambiental y al presidente de la Junta de Planificación de Puerto Rico a la Junta Interangencial para el Manejo de Playas de Puerto Rico. Esta acción mejoraría la...

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