Ley Núm. 463 de 23 de Septiembre de 2004 de Enmienda Sec. 1023 de Código de Rentas Internas

EventoLey
Fecha23 de Septiembre de 2004

Ley Núm. 463 de 23 de septiembre de 2004

(P. del S. 2439)

(Conferencia)

Para enmendar la Sección 1023 (2) (aa) (M) de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994", a fin de incluir a la Fundación Comunitaria de Puerto Rico entre las instituciones respecto a las cuales la ley permite que sus donantes se acojan a una deducción contributiva adicional a la básica que la propia Sección posibilita.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Estado enfrenta un reto cada vez mayor para atender todas las necesidades de su ciudadanía.

La demanda de servicios y oportunidades por parte de la población, particularmente de las comunidades en desventaja económica, ha ido en constante escalada, al punto de que el sector privado consciente de su responsabilidad cívica se ha visto impulsado a ofrecer un apoyo que ha ido creciendo y dimensionándose día por día.

No obstante, aunque nuestra economía genera un gran flujo de capital, los fondos que se destinan a fines filantrópicos no cubren la demanda.

El Estado ha reconocido, por ello, la necesidad de propiciar la aportación individual de los ciudadanos a las organizaciones e instituciones sin fines de lucro que ejercen la filantropía y que, al hacerlo, colaboran con el Gobierno en la ejecución de las encomiendas sociales de éste.

Entre las organizaciones sin fines de lucro que se dedican a la inversión filantrópica en nuestra sociedad están las fundaciones. Las familias, las corporaciones y los individuos pueden depositar en ellas recursos de capital para generar fondos dirigidos a acciones sociales, humanitarias, caritativas y de desarrollo comunitario.

El resultado de ello en Puerto Rico ha sido importante.

Según un estudio preparado por una firma independiente, en el 2001 siete fundaciones en Puerto Rico aprobaron 491 solicitudes de fondos para proyectos y organizaciones, por un total de $17.34 millones.

De las siete fundaciones incluidas en el referido estudio, solamente una es comunitaria:

la Fundación Comunitaria de Puerto Rico.

Se trata de una organización filantrópica sin fines de lucro, exenta de contribuciones, autónoma y apoyada por el sector público en general, la cual opera principalmente mediante la incorporación de fondos permanentes, que a largo plazo benefician un área geográfica específica.

De conformidad con el...

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