Silva Iglesia V. Panel F.E.I., 1995,137 D.P.R. 281

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas426-428

Page 426

El Derecho a Información de los Ciudadanos.

Hechos: En 1992, la Contralor de Puerto Rico recomendó al Secretario de Justicia la designación de un Fiscal Especial Independiente a los fines de que se revisasen las operaciones de la Oficina del Senador Rolando A. Silva Iglesia. A raíz de dicha recomendación, el Secretario de Justicia realizó una investigación preliminar y recomendó al Panel Sobre el F.E.I., la designación de un F.E.I. para investigar la imputación de que el Senador Silva mantenía en su oficina empleados asignados a esta, “con el fin de realizar durante horas laborables trabajos de naturaleza legal y de bienes raíces relacionados con asuntos privados suyos, labores ajenas a la función pública”. Dicha determinación le fue notificada al Senador Silva por parte del Secretario de Justicia mediante carta. Luego de analizar el informe que le sometiera el Secretario de Justicia, el Panel concluyó que las circunstancias del caso ameritaban la designación de un F.E.I. de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 4 y 11 de la Ley del F.E.I. La Resolución del Panel de 12 de febrero de 1993, en la que concluye que se amerita la designación de un F.E.I., hace referencia a “los hechos imputados en la investigación realizada por la División para Combatir la Corrupción Gubernamental del Departamento de Justicia, en relación con el Senador Rolando Silva Iglesia”. Asimismo, se designó como Fiscal Especial Independiente al licenciado Federico Torres Jiménez, con la encomienda de concluir la investigación necesaria para determinar la procedencia de la radicación de aquellos cargos y acusaciones para los que entendiese haber prueba suficiente.

El Senador Silva compareció ante el Panel para impugnar la designación del F.E.I.. Alegó que se le habían violado importantes derechos constitucionales y estatutarios y, además, señaló que la designación del F.E.I. no era necesaria puesto que ya había reembolsado al Estado lo que le había costado al erario público la preparación de algunas escrituras en su oficina en el Senado. La moción fue declarada sin lugar por el Panel. Inconforme, el Senador Silva compareció en segunda y tercera moción de reconsideración y, posteriormente, radicó un recurso de revisión ante el Tribunal Superior. Mediante dicho recurso, el Senador Silva le solicitó al tribunal que le ordenase al Panel permitirle examinar toda la documentación y evidencia que el Panel tuvo disponible cuando decidió acoger la recomendación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR