Solis V. Municipio De Caguas, 1987, 120 D.P.R. 53

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas356-357

Page 356

Acción de Asociaciones.

Hechos: Pedro J. Solís es Presidente de la Unión Bonafide de Empleados Municipales de Puerto Rico. La Unión Bonafide de Empleados Municipales es una asociación de empleados certificada por el Secretario del Trabajo, y está afiliada a la primera.

El Municipio de Caguas es una corporación política y jurídica, al amparo de la Ley Municipal autorizada a demandar y a ser demandada. La Ley establece: "Los empleados de los municipios ... podrán autorizar por escrito al alcalde del municipio en que trabajen para que descuente o haga descontar de sus salarios la cantidad necesaria para el pago de las cuotas que les corresponda como miembros de tal agrupación de servidores públicos. El alcalde hará figurar en las nóminas el importe de las cuotas autorizadas, deduciéndolas del pago de los salarios de los empleados que así lo hayan autorizado por escrito ...”.

Varios empleados de la demandada suscribieron las correspondientes autorizaciones de descuentos de cuotas de sus salarios y la demandada se niega a cumplir con el mandato de la ley al no hacer tales descuentos. La UBEMPR y la UBEMCC no tienen otros ingresos que los derivados de las cuotas que aportan sus afiliados. Por disposición expresa y clara del...

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