Soto V. Secretario 1982, 112 D.P.R. 477

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas618-620

Page 618

Los Derechos Civiles. Acceso de Información del Ciudadano.

Hechos: El agente encubierto Alejandro González Malavé notificó a sus superiores que, miembros del Movimiento Revolucionario Armado, en el cual se había infiltrado, se proponían asaltar cualquier vehículo, tomar como rehén a su conductor y, mediante amenazas, obligarlo a llevarlos hasta el área donde están instaladas las torres de comunicación en el Cerro Maravilla. El agente no sugirió arrestar a las personas, a quienes el día anterior había visto portar armas en contravención del Art. 8 de la Ley de Armas.

Los tres jóvenes armados interceptaron el vehículo de Julio Ortiz Molina. Encañonaron al conductor y se incautaron del vehículo por la fuerza. Dos de estos eran Carlos Soto Arriví y Arnaldo Rosado y el otro, el agente encubierto González Malavé, en funciones de su cargo. Se dirigieron hasta las torres de comunicación del Cerro Maravilla. Allí les esperaban otros sujetos. Comenzó un tiroteo. Como consecuencia del choque armado, perdieron la vida Soto Arriví y Rosado Torres. El agente González Malavé resultó herido.

El incidente del Cerro Maravilla fue objeto de intensa publicidad. El N.I.E. del Departamento de Justicia realizó una investigación que sirvió de base al informe que diera a la luz pública en que se exonera a los policías que habían intervenido en los sucesos del Cerro Maravilla.

Pedro Juan Soto, padre de Soto Arriví, solicitó del N.I.E. se le permitiera examinar los documentos obrantes en sus archivos relacionados con los sucesos. Ello le fue negado a base de que dicha información era confidencial. Invocando la Ley de Derechos Civiles de Puerto Rico, Pedro Juan Soto y otros solicitaron sentencia declaratoria, daños y perjuicios e injunction contra el Secretario de Justicia, el E.L.A. y otros. Pidieron que se ordenase el examen, aduciendo que tal negativa les lesionaba "los derechos constitucionales de los demandantes, además de ser contrario al interés público. Los demandados aceptaron entregar copia del Informe.

El Tribunal Superior ordenó al Secretario de Justicia entregar copia de los protocolos de autopsia de los jóvenes fallecidos y cualquier foto tomada durante el proceso de autopsia y negó el examen de otros informes, grabaciones y documentos. Los demandantes apelan ante el Tribunal Supremo.

Controversia: Si el tribunal cometió erro al: (1) negarle copias de los documentos y grabaciones en violación a sus derechos a la libertad de expresión;

(2)...

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