Tribunal Examinador V. Cañas, 2001 J.T.S. 60

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas486-488

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Efecto de la Acción Penal Sobre la Querella Administrativa Por la Misma Conducta Imputada en la Denuncia.

Hechos: Contra el Dr. Luis R. Cañas Rivas se presentó una querella ante el Tribunal Examinador de Médicos de Puerto Rico. Se le imputó haber besado a su paciente, Wanda Liz Texidor Rodríguez, joven de 18 años de edad, en contra de la voluntad de esta, mientras se encontraba hospitalizada en el Hospital Menonita de Aibonito. Los hechos ocurrieron delante de Alma Sierra Maldonado, compañera de cuarto de la perjudicada. Por los mismos hechos, se presentó una denuncia contra el doctor Cañas Rivas por el delito de agresión agravada ante el T.P.I. Dicho foro determinó que existía causa probable para el arresto. Luego, a solicitud de la defensa, reconsideró su dictamen y decidió que no existía causa probable. El Ministerio Público sometió la denuncia referida ante un magistrado de categoría superior, quien también determinó que no existía causa para el arresto.

El representante legal del doctor Cañas Rivas presentó una moción ante el TEM y solicitó la desestimación de la querella pendiente. Argumentó que las dos determinaciones judiciales de inexistencia de causa probable demostraban que no existía evidencia alguna para sostener los hechos alegados en la querella. Se

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celebró una vista administrativa ante un Oficial Examinador. Este concluyó que el doctor Cañas Rivas había incurrido en la conducta que le había sido imputada en violación del Art. 17(m)(1) y (10) de la Ley Núm. 22-1931, según enmendada, 20 L.P.R.A. §52, que establece que el TEM tiene facultad para suspender, cancelar o revocar una licencia a un médico por diversas razones. El Oficial Examinador citó el caso de Vélez Quiñones v. Srio. de Instrucción, 1962, 86 D.P.R. 755, a los efectos de que la acción criminal es independiente de la administrativa y que en esta no hay que tomar en consideración el hecho de que el querellado hubiese sido absuelto en la causa criminal seguida en su contra por los mismos hechos que sirven de base al procedimiento administrativo. El Oficial Examinador recomendó que el T.E.M. revocara la licencia del doctor Cañas Rivas. El T.E.M. acogió el informe del Oficial Examinador. Decretó “una suspensión de licencia por seis meses, con la condición de que el Dr. Luis R. Cañas Rivas se someta a evaluaciones y tratamiento psicológico o psiquiátrico, debiendo su médico someter informes mensuales”.

Cañas Rivas presentó un recurso de revisión...

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