Vázquez V. Caraballo, 1983, 114 D.P.R. 272

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas397-400

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Garantía de un Debido Proceso de Ley. La Igual Protección de las Leyes. Nota: Ningún estado puede aprobar una ley o reglamento estableciendo un trato desigual para algunos ciudadanos, a menos que haya una razón justificada.

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Hechos: Juana Díaz Mangual fue condenada por apropiación ilegal agravada por participar en un fraude contra la firma Primitivo Grau e Hijos. Su sentencia fue suspendida bajo ciertas condiciones, entre las cuales, restituir a firma perjudicada la cantidad de $36,000, a razón de $500 mensuales. La peticionaria cumplió de manera irregular con esta obligación hasta el mes de abril de 1982, fecha para la cual fue cesanteada de la empresa en que trabajaba. La peticionaria acudió al tribunal para que se rebajara la cantidad de sus pagos mensuales y para que se permitiera amortizar su balance atrasado. El tribunal concedió la solicitud. La peticionaria efectuó dos pagos más. Luego, a causa de su situación económica precaria, dejó de cumplir por completo la condición señalada. Mientras tanto, la firma perjudicada presentó una acción civil en contra de la peticionaria, en la que obtuvo una sentencia favorable, donde se condenaba a los demandados a resarcir solidariamente a la demandante. Posteriormente, remitió una carta al tribunal de instancia señalándole el incumplimiento de la peticionaria y solicitando se le obligara a cumplir con lo ordenado. El tribunal señaló una vista. Durante esta el oficial probatorio declaró que la peticionaria había dado cumplimiento a todas las condiciones con excepción de las relativas a la restitución a la firma perjudicada. Después de escuchar ese testimonio el tribunal de instancia revocó la libertad a prueba. Díaz Mangual acudió ante el Tribunal Supremo.

Controversia: Si el incumplimiento posterior de la pena era motivo suficiente para revocar su libertad a prueba, ya que el mismo se debió exclusivamente a su falta de recursos.

Decisión del Tribunal Supremo: Revoca la resolución recurrida y devuelve el caso a la sala de instancia para que modifique, en el grado en que estime conveniente, las condiciones de la probatoria.

Fundamentos legales: La Ley de Sentencias Suspendidas provee un mecanismo alterno para que un convicto pueda cumplir su sentencia sin tener que ser recluido en una prisión. La concesión de este beneficio es discrecional. La ley faculta al tribunal sentenciador para que imponga condiciones al conceder la probatoria. Así, se faculta al tribunal para que...

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