Vilella V. Registrador, 1927, 36 D.P.R. 795

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas391-392

Page 391

Facultades del Albacea Cuando los Herederos son Voluntarios.

Hechos: En 1924, Dolores Nadal otorgó testamento abierto en Madrid, España. En él declara que fue casada en únicas nupcias con Rafael Gálvez de cuyo matrimonio no tuvo sucesión; que carece de herederos forzosos. Hace varios legados e instituye herederos en el remanente a diferentes personas que designa por sus nombres. Prohíbe la intervención judicial. Nombra albacea y contador-partidor a Ángel Rodríguez a quien le confiere las más amplias facultades para que tan pronto ocurra el fallecimiento de la testadora, se apodere de todos los bienes que constituyan el caudal relicto y los administre libremente durante la indivisión y hasta su entrega a los herederos y legatarios, recaudando sus rentas y productos; ... vender o de otro modo enajenar, en la forma y condiciones que estime convenientes, toda clase de valores, bienes muebles e inmuebles y derechos de cualquiera naturaleza.

Así las cosas, Ángel Rodríguez, en su carácter de albacea vendió ciertas fincas rústicas a Luis Vilella. Presentadas al Registro de la Propiedad, el Registrador denegó su inscripción fundándose en que debió hacerse la previa inscripción a nombre de los herederos instituídos en el testamento, porque la venta hecha por el albacea no puede inscribirse sin la intervención judicial; porque no aparece que la herencia haya sido...

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