Vivo el caso por fraude primarista

Por Israel Rodríguez Sánchez

israel.rodriguez@elnuevodia.com

Otros 24 policías y empleados municipales de Guaynabo están a la espera de la vista preliminar para determinar si existe causa probable para juicio. Los casos pendientes están ante diferentes jueces y juezas del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón.

El fraude primarista en Guaynabo fue destapado por una investigación de El Nuevo Día que reveló que policías y empleados de confianza del alcalde de esa ciudad, Héctor O'Neill, presuntamente mintieron a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) sobre su lugar de residencia para votar en las primarias del 18 de marzo de 2012 a favor del aspirante Antonio "Tony" Soto.

El hoy representante novoprogresista era el candidato respaldado por O'Neill en esa primaria contra el entonces incumbente Ángel Pérez Otero. No obstante, miembros del equipo de campaña de Pérez Otero también fueron acusados por hacer mudanzas fatulas para votar por él en esa polémica primaria.

Los traspiés en el trámite judicial de estos casos obedecen a diferentes razones. Para empezar, los casos se asignaron a diferentes salas judiciales. A esto se suma que algunos jueces y juezas se han inhibido voluntariamente o a petición de la fiscalía. La defensa, por su parte, ha recurrido en diferentes instancias a los foros apelativos, incluyendo el Tribunal Supremo, aunque sin éxito por el momento.

Desde el principio, las vistas preliminares contra los imputados se dividieron en grupo respondiendo así a consideraciones de estrategia y de agilidad administrativa. En octubre pasado, la fiscalía pidió la inhibición del juez Pedro Saldaña Rosado por solicitar a la CEE documentos que formaban parte de la prueba de cargos y por entrevistarse con uno de los testigos.

Ese mismo mes, la jueza Awilda Mejías Ríos se inhibió del proceso. No dio las razones, pero trascendió públicamente que fue contratista del Municipio de Guaynabo.

Las vistas preliminares también fueron pospuestas en varias ocasiones ante mociones de desestimación de la defensa que argumentaban que bajo el principio de especialidad los involucrados no podían ser acusados bajo el Código Penal, sino bajo el Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI.

La defensa también objetó que los acusados fueran identificados en sala con documentos electorales. Ambas controversias fueron llevadas ante el Tribunal de Primera Instancia que determinó que su intervención en esta etapa sería prematura. Uno de los reclamos llegó al...

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