El voto de los confinados

CARMELO CAMPOS CRUZ

ABOGADO Y PROFESOR DE PENOLOGÍA

La propuesta surge de una perspectiva retributiva, donde el encarcelamiento es justificado exclusivamente como castigo al ofensor. Nuestra sociedad debe rechazar esta visión arcaica, que ha demostrado ser totalmente ineficaz para lidiar con la criminalidad a que nos enfrentamos. En cambio, deberíamos reforzar el objetivo de rehabilitación que dicta nuestra Constitución en la Sección 19 del Artículo IV, cuando ordena al sistema penitenciario el "tratamiento adecuado de los delincuentes para hacer posible su rehabilitación moral y social".

De acuerdo con la organización The Sentencing Project, en Estados Unidos 48 estados prohíben el voto a las personas presas, Vermont y Maine son las únicas excepciones. Se calcula que en ese país, que tiene la triste distinción de la mayor cantidad de personas encarceladas del mundo, uno de cada cuarenta adultos ha perdido su derecho al voto tras ser encontrado culpable de cometer delitos.

La situación es más promisoria en otras latitudes. Según un informe publicado por la Cámara de los Comunes británica, al menos 18 países europeos...

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