Junta Azucarera
Índice
- Deroga la Regla Num. 2, del 16 de octubre de 1952, y dispone que la liquidacion del azucar correspondiente a los colonos se reglamentara por la Ley Num. 426 de 1951. Anulado 3973. Vigencia inmediatamente despúes de su aprobación.
- Regla Num. 6 para la liquidacion de los cañas que se molieron en las zafras de 1955, 1956 y 1957. Caduco. Vigencia inmediatamente despúes de su aprobación.
- Regla Num. 6: Reglamenta la determinacion del rendimiento de cañas que contengan materia extraña excesiva para la zafra 1960-61 (regla provisional). Caduco. Vigencia inmediatamente despúes se su aprobación.
- Regla 6, zafra del 1961-62, para reglamentar la determinacion del rendimiento de cañas que contengan materia extraña excesiva. Caduco. Vigencia inmediata despúes de su aprobación.
- Regla #6, Zafra 1963, para regir la determinacion del rendimiento de cañas que contengan materia extraña excesiva y para compensar a la central por los daños sufridos. Vigencia inmediata despúes de su aprobación.
- Enm. Regla #4 sobre valor del azucar que corresponde a caña del colono molida en la central aumenta de 90% al 93% el valor del azucar pagado al colono desde el 1/enero del año en que se muelan las cañas. Anulado por Regl. 960. Vigencia inmediata despúes de su aprobación.
- Regla #9 para autorizar uso opcional del hidrometro o del refractometro en el analisis de muestras del jugo de cañas entregadas centrales para su molienda. Vigencia en la zafra de 1994.
- Regla Num. 6 de la zafra de 1964, para determinar el rendimiento de cañas que contengan materia extraña excesiva y para compensar a la central por los daños y perjuicios que pueda sufrir por la tierra y la piedra… Caduco
- Enm. Regla #4 sobre liquidacion provisional del valor de las cañas de colono molidas en las centrales: baja el valor del azucar pagado en liquidaciones… Anulado por Regl. 960. Vigencia 1 enero 1964.
- Regla #6, zafra 1965, reglamenta la determinacion del rendimiento de cañas que contengan materia extraña excesiva y para compensar a la central por los daños y perjuicios que pueda sufrir… Cadúdo
- Regla 12 para fijar las compensaciones que por concepto de arrastre y arrimo, las centrales deberan pagar a los colonos que realizan la transportacion. Anulado por el reglamento 2662.
- Regla 13 sobre liquidacion de mieles: establece el procedimiento cuando los colonos opten por recibir en especie la participacion en el valor de las mieles que produzcan sus cañas.
- Enmienda el ultimo parrafo de la Regla 14, para disponer que cuando se use el metodo de muestreo directo de caña con la cola mecanica... (Enmienda el Reglamento 1089).Anulado por el reglamento 2742.
- Regla 15, derogaciín regla 12 y aprobación regla 15para fijar compensaciones.
- Reglamento de la junta azucarera .
- Regla Num. 6 sobre la liquidacion de caña molida durante la zafra 1958-59. Caduco. Vigencia inmediatamente despúes de su aprobación.
- Enmienda la Regla Num. 4: periodo de liquidacion de caña. Anulado por el reglamento 0960
- Extiende la vigencia de la Regla 6 a las zafras de 1959-60. Caduco. Vigencia inmediatamente después de su aprobación .
- Regl. #8 Enm. Regl. #169 dispone limite de fecha para liquidacion total de mieles sean vendida fecha posterior 4 meses de terminacion zafra; provee sistema de liquidacion provisional. Anulado Regl. 3973. Vigencia inmediatamente despúes se su aprobación.