Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Abril de 2011, número de resolución KLCE201100365

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201100365
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2011

LEXTA20110407-07-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y AIBONITO

PANEL V

Blanca Iris Sanfeliz Virella
Peticionaria
V
Víctor Leandro Sanfeliz Virella
Recurrido
KLCE201100365
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Núm.: D AC1994-0736 (501) Sobre: Impugnación de Testamento

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, el Juez Cordero Vázquez y el Juez Feliberti Cintrón.

Cortés Trigo, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 7 de abril de 2011.

Se recurre de una orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), el 18 de febrero de 2011, notificada el 23 de febrero de 2011. Mediante la misma se denegó una moción solicitando paralización de subasta y prórroga presentada por los peticionarios, Sra. Blanca Iris Sanfeliz y otros. Denegamos.

I.

El presente caso es una continuación de una demanda presentada por los peticionarios en el 1994 para impugnar el testamento abierto otorgado por el Sr. Manuel Sanfeliz Ortiz, quien falleció el 15 de abril de 1993. En ese caso, el TPI emitió una sentencia el 11 de junio de 2002 mediante la cual reconoció la validez del testamento, excepto en cuanto a una cláusula de desheredación de una hija y se mantuvieron en vigor los legados, mejoras y disposiciones testamentarias en lo que no perjudicasen la legítima estricta.

Los recurridos, Sr. Víctor Leandro Sanfeliz Virella y otros, solicitaron varias ocasiones al TPI la venta en pública subasta de una finca de aproximadamente 23 cuerdas, propiedad principal del caudal hereditario (la Propiedad). El 15 de septiembre de 2009 el TPI ordenó la venta en pública subasta y señaló que el producto de la venta debía ser distribuido conforme se estableció en la escritura de testamento y la sentencia dictada. Inconformes, los peticionarios presentaron un recurso de certiorari ante este Tribunal, caso KLCE200901373. El 10 de diciembre de 2009 emitimos Sentencia mediante la cual modificamos la orden de subasta pública, únicamente para ordenarle al TPI que determinara el valor mínimo de la Propiedad a ser subastada.

El 26 de mayo de 2010 los peticionarios solicitaron al TPI que se les reembolsaran unos alegados gastos de mantenimiento que incurrieron en la Propiedad. Mediante Resolución de 23 de agosto de 2010 el TPI denegó la solicitud de reembolso. Los peticionarios solicitaron reconsideración y el 27 de agosto de 2010 el TPI denegó su solicitud...

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