Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Septiembre de 1975 - 104 D.P.R. 031

EmisorTribunal Supremo
DPR104 D.P.R. 031
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 1975

104 D.P.R. 031 (1975) RODRÍGUEZ CINTRÓN V. TRIBUNAL SUPERIOR

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

ELVIN RODRIGUEZ CINTRON ET ALS., peticionarios

vs.

TRIBUNAL SUPERIOR DE PUERTO RICO, SALA DE PONCE,

HON.

FELIPE ORTIZ ORTIZ, JUEZ, demandado

Núm. O-75-239

104 D.P.R. 31

11 de septiembre de 1975

PETICIÓN DE CERTIORARI para revisar una RESOLUCIÓN de Felipe Ortiz Ortiz, J. (Ponce) trasladando cierta acción personal de la Sala de Ponce a la Sala de San Juan del Tribunal Superior. Expedido el auto solicitado, se dicta sentencia revocando dicha resolución y se devuelve el caso al tribunal de instancia para la continuación de los procedimientos.

1.

REGLAS DE PROCEDIMIENTO CIVIL--INICIACION DEL PLEITO-- COMPETENCIA--JURISDICCIÓN--TRASLADO--

Ordenado el traslado de una acción personal de la Sala de Ponce a la Sala de San Juan del Tribunal Superior por razón de que, no teniendo una de dos corporaciones codemandadas oficina en Puerto Rico, el agente en la isla de la otra tenía sus oficinas en San Juan, ello no impide que, habiendo desistido los demandantes de su acción contra la corporación con oficinas en San Juan, y en ausencia de cualquier otra causa que justifique un traslado, el pleito continúe ventilándose en la Sala en que fuera originalmente radicado.

2.

CORTES--NATURALEZA, EXTENSIÓN Y EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN--JURISDICCIÓN SOBRE LAS PARTES EN LA ACCIÓN --EFECTO DEL DOMICILIO--JUICIOS POR ACCIONES PERSONALES-- Una acción personal contra una única corporación "X" que tiene su residencia fuera de Puerto Rico--al eliminar los demandantes de su acción a la otra codemandada, la compañía aseguradora de "X" que tiene sus oficinas en San Juan, razón por la cual se había ordenado el traslado de la Sala de Ponce a la Sala de San Juan del Tribunal Superior--puede continuar ventilándose en la sala en que se inició.

Goldman, Antonetti, Barreto, Curbelo & Dávila y José A. Lebrón Tirado, abogados de Green Giant Company y la Shade Tobacco Growers Agricultural Association.

PER CURIAM

Contra la Green Giant Co., empresa con oficinas principales fuera de Puerto Rico, y la St. Paul Fire & Marine Ins. Co., cuyo agente general para Puerto Rico tiene sus oficinas principales en San Juan, varios trabajadores migrantes radicaron ante la Sala de Ponce del Tribunal Superior de Puerto Rico sendas demandas relacionadas con la interpretación de un contrato agrícola suscrito en San Juan para ser ejecutado fuera de Puerto Rico. Las demandadas solicitaron el...

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