Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2012, número de resolución KLEM201200033

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLEM201200033
Tipo de recursoMisceláneos
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2012

LEXTA20121031-024-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL ESPECIAL

KERLA ELIAS MARTINEZ
PETICIONARIA
v.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
RECURRIDO
KLEM201200033
MISCELÁNEOS QUERELLA NÚM.: 314-12-823

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, el Juez Vizcarrondo Irizarry y la Jueza Colom García

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2012.

Comparece ante nos Kerla Elías Martínez (Elías Martínez) en forma pro se y mediante escrito de tres pliegos.

Informa estar confinada en la Institución Penal Escuela Industrial para Mujeres en Vega Alta, bajo la custodia de la Administración de Corrección (Corrección).

Por hechos ocurridos el 11 de julio de 2012 en la sección de máxima seguridad II de la Institución, el

12 de julio siguiente la Oficial de Custodia, Sra. Brenda Quiñones, presentó la querella núm. 314-12-823 en contra de la confinada. Se le imputó a Elías Martínez haber incurrido en los actos prohibidos constitutivos de “amenaza o su tentativa” y “disturbios”, Códigos 121 y 205 del Reglamento Disciplinario para la Población Correccional, infra. La oficial de custodia sostuvo lo siguiente:

Le indiqué a la confinada que se ubicara en su celda y ésta en una actitud altanera y retante me indicó y cito: “Los demás oficiales me dejan quedarme fuera al igual que los jefes haciendo mi artesanía.” La confinada en una forma amenazante dijo y cito: “Usted se dio con la cura de su pueblo, usted no va a estar para siempre aquí ni yo tampoco”, alterando el clima institucional. (Ap., pág. 3.)

Celebrada la vista disciplinaria y examinada la prueba, que según trasciende del formulario intitulado “Resolución” consistió en: “Declaración Incidente querellante y querellado, Informe de Investigación”, el 23 de agosto de 2012 el Oficial Examinador determinó que la confinada cometió las faltas imputadas y la sancionó privándola de visitas por 27 días.

No conforme, el 31 de agosto de 2012 Elías Martínez solicitó la reconsideración, moción que se recibió en la Oficina de Asuntos Legales el 6 de septiembre de 2012. Ponderado el asunto se determinó modificar la sanción para reducirla a 15 días de privación de visitas.

Ello obedeció a que la Oficina de Asuntos Legales entendió, a la luz del récord y la prueba, que no se constituyeron los elementos del Código 205 -

disturbios según tipificado en el del Reglamento...

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