Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 2 de Febrero de 1906 - 11 D.P.R. 553

EmisorTribunal Supremo
DPR11 D.P.R. 553
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 1906

11 D.P.R. 553 (1906) RIVERA ET AL. V. TIBOT ET AL.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Rivera et al v. Tibot et al.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan, Sección 1 a.

No. 44.-Resuelto en diciembre 18, 1906.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado del apelante: Sr. Texidor.

Abogado del apelado: Sr. Freyre Barbosa.

El Juez Asociado Sr. MacLeary emitió la opinión del tribunal.

Este fue un pleito civil promovido por Gumersindo Rivera y Custodio Agosto, contra José Ramón Tibot y Andrés y Juan Ocasio, en reclamación de daños y perjuicios, y para recuperar la posesión de ciertos animales. Los hechos pueden relatarse sucintamente como sigue: Tibot, como albacea testamentario de Fuentes, estableció ante la Corte de Distrito de San Juan, demanda de desahucio contra los hermanos Juan y Andrés Ocasio, y obtuvo sentencia á su favor, por la que se condenó á dichos hermanos, á desalojar sus respectivas fincas y á pagar las costas. Para el cobro de dichas costas, se libró, á instancias del citado Tibot, una orden de embargo, en virtud de la cual se embargaron los siguientes animales: "1. Una vaca negra carabuca, como de diez arrobas, con su cría, marcada aquélla, con las iníciales E. Y., en la cadera derecha, y C. A. en la espalda izquierda.

"2. Otra vaca negra, parida, también como de diez arrobas, marcada aquélla, con las iníciales C. A., en la espalda izquierda, y V. F. al revés, en la cadera derecha.

"3. Otra vaca amarilla hosca, con su cría, como de nueve á diez arrobas.

"4. Una yegua zaina cebruna, de seis y media cuartas de alzada, con su cría hembra, color cebruno.

"5. Un cerdo." Los demandantes alegaron que los animales embargados pertenecían é ellos, y no á los demandados Ocasio, y pidieron, en su demanda, la devolución de dichos animales, y la suma de trescientos cuarenta y dos dólares, como indemnización de los daños y perjuicios causados por su detención; alegando que habían sido privados de utilizar la leche de las tres vacas, que calculaban en cuatro cuartillos diarios por cada una, ó sean, ciento veinte cuartillos al mes, que al precio de cinco centavos, hacen seis dólares mensuales por cada vaca, y que habían sido detenidas dichas vacas durante diez y nueve meses, por cuya razón pretendieron que el importe de los daños y perjuicios causados por la detención de las vacas, ascendía á trescientos cuarenta y dos dólares, como se ha dicho anteriormente. También pretenden haber sido privados de los servicios de la yegua, cuyo valor calculan en cincuenta centavos por día ó sean, noventa y cinco dólares por los diez y nueve meses. No se hace reclamación alguna por el uso del cerdo. El importe total de los daños y perjuicios que se reclaman por la detención de los animales, asciende á cuatrocientos treinta y siete dólares. Dos de las vacas fueron reclamadas por Custodio Agosto; y la otra vaca, la yegua y el cerdo, fueron reclamados por Gumersindo Rivera. No se ha planteado cuestión alguna ante el tribunal inferior ni ante este tribunal, con respecto á la indebida acumulación de las partes demandantes.

La contestación del demandado Tibot consiste enteramente en una negación general y específica de todos los hechos alegados en la demanda. Tanto la prueba documental como la testifical, demostraron que las dos vacas reclamadas por el demandante Agosto, le habían sido vendidas por ciertas personas; y se demostró, además, por los testigos, que ellos habían vendido los demás animales, á saber: las otras dos vacas, la yegua y el cerdo, al otro demandante, Gumersindo Rivera. Antes del embargo, todos los animales estaban en poder de los hermanos Ocasio, quienes alegaron que los estaban apacentando por cuenta de los demandantes Rivera y Agosto.

La sentencia dictada por el tribunal de distrito en 2 de febrero de 1906, ordenó que el demandado José Ramón Tibot devolviera á su dueño, el dicho demandante Custodio Agosto, una res negra carabuca...

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