Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 2 de Febrero de 1982 - 112 D.P.R. 079
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 112 D.P.R. 079 |
Fecha de Resolución | 2 de Febrero de 1982 |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO, apelado
vs.
LUIS LAMBERTY GONZÁLEZ, acusado y apelante
Núm. CR-81-10
112 D.P.R. 79
2 de febrero de 1982
SENTENCIA de René Arrillaga Beléndez, J. (San Juan), que condena al apelante por desacato. Confirmada.
1. DESACATO--AUTORIDAD PARA CASTIGAR Y PROCEDIMIENTOS PARA ELLO-- PODER O AUTORIDAD PARA CASTIGAR--Las fuentes del poder de los tribunales para castigar por desacato son, entre otras, la Regla 242(a)--desacato criminal directo--y 242(b) de Procedimiento Criminal--desacato criminal indirecto--, la Regla 40.9 de Procedimiento Civil--desacato civil--, el poder inherente de los tribunales para castigar por desacato, y el desacato sui géneris a que se ha referido la jurisprudencia en ocasiones.
2. ID.--ID.--NATURALEZA Y FORMA DEL REMEDIO--La verdadera distinción entre el desacato criminal y el desacato civil estriba en la naturaleza y propósito del remedio. Si la intención es reparadora--inducir a alguien a cumplir con una obligación--el desacato es civil, pero si el objetivo es vindicar la autoridad del tribunal, el desacato es de orden penal.
3. PALABRAS Y FRASES-- Desacato directo. --El desacato directo es el que se comete en presencia de un tribunal.
4. DESACATO--AUTORIDAD PARA CASTIGAR Y PROCEDIMIENTOS PARA ELLO-- PROCEDIMIENTOS SUMARIOS--DESACATOS COMETIDOS EN PRESENCI O FUERA DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL--Un desacato que no se cometa en presencia del tribunal, aunque sea tan cercanamente que monte a una obstrucción de la justicia, no puede considerarse, a tenor con la Regla 242(a) de Procedimiento Criminal, como un desacato directo.
5. ID.--ID.--PODER O AUTORIDAD PARA CASTIGAR--NATURALEZA--La naturaleza del procedimiento, penal o civil, no dicta la naturaleza del desacato.
6. REGLAS DE PROCEDIMIENTO CRIMINAL--DISPOSICIONES GENERALES-- DESACATO--PROCEDIMIENTOS--ORDINARIO--Aunque la desobediencia d una citación de un tribunal se ha tratado en ocasiones como desacato civil--pero exigiendo que se siga un procedimiento análogo al fijado para el desacato criminal--el tribunal tiene la opción preferible de tratar el desacato como un desacato de índole criminal, dado el propósito del remedio, y utilizar el mecanismo dispuesto por la Regla 242(b) de Procedimiento Criminal.
7. JUECES--INCAPACIDAD PARA ACTUAR--JUEZ QUE YA HA ACTUADO O INTERVENIDO EN EL CASO--DESACATO--El mismo juez en cuya presencia se comete un desacato directo puede castigarlo sumariamente.
8. DESACATO--AUTORIDAD PARA CASTIGAR Y PROCEDIMIENTOS PARA ELLO-- PROCEDIMIENTOS SUMARIOS--EN GENERAL--Si un desacato es a la propia persona de un juez y no median circunstancias que exijan indefectiblemente que no se posponga la acción judicial para su castigo, no debe emplearse entonces la Regla 242(a) de Procedimiento Criminal--procedimiento sumario--y debe procederse en vez bajo la Regla 242(b)--procedimiento ordinario.
9. JUECES--INCAPACIDAD PARA ACTUAR--JUEZ QUE YA HA ACTUADO O INTERVENIDO EN EL CASO--DESACATO--A tenor con la Regla 242(b) d Procedimiento Criminal, si un desacato se funda en actos o conducta irrespetuosa hacia un juez, éste debe inhibirse, mas ello depende del grado en que esté involucrada la persona del juez.
10. ID.--ID.--ID.--ID--No procede la inhibición de un juez en procedimiento de desacato por desobediencia a una citación--en este caso un abogado debidamente citado que no compareció al...
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