Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 9 de Diciembre de 1987 - 120 D.P.R. 080

EmisorTribunal Supremo
DPR120 D.P.R. 080
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 1987

120 D.P.R. 080 (1987)

RUIZ HERNÁNDEZ V. MAHIQUES

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

FRANCISCO RUIZ HERNÁNDEZ, demandante y recurrido

vs.

DANIEL MAHIQUES y OTROS, demandados y recurrentes

Núm. CE-86-366

120 D.P.R. 80

9 de diciembre de 1987

SENTENCIA de Angel G. Hermida , J. (San Juan), que desestima cierto recurso de revisión por falta de jurisdicción. Revocada, y se devuelve el caso a dicho Tribunal para que se continúen los procedimientos y se determine lo que en derecho proceda .

APOSTILLA
  1. DERECHO ADMINISTRATIVO--REVISIÓN JUDICIAL DE DECISIONES ADMINISTRATIVAS--DERECHO DE REVISIÓN--RECONSIDERACION AL NIVEL ADMINISTRATIVO.

    La parte afectada adversamente por una determinación del Secretario de Salud sobre un certificado de necesidad y conveniencia puede solicitar reconsideración, por escrito, dentro de los treinta (30) días siguientes del recibo de la notificación.

  2. ID.--PODERES Y PROCEDIMIENTOS DE AGENCIAS, FUNCIONARIOS Y AGENTES ADMINISTRATIVOS--EN GENERAL--FACULTADES O PODERES DE LAS AGENCIAS--FACULTAD PARA DEMANDAR Y SER DEMANDADA.

    Un organismo administrativo tiene capacidad como parte interesada en un recurso de revisión judicial: (1) cuando sus decisiones implican la formulación de política pública y la revisión judicial puede constituir un ataque a esa política pública, y (2) cuando el organismo es afectado, es parte interesada y perjudicada por la decisión de un tribunal que revisa sus actuaciones.

  3. ID.--ID.--ID.--ID.--ID.

    Es la administración e implantación de la Ley sobre Certificados de Necesidad y Conveniencia, el Departamento de Salud es una parte interesada y puede ser perjudicada por la decisión que emita un tribunal en revisión judicial de la decisión del Secretario.

  4. ID.--ID.--REGLAS Y REGLAMENTOS--NATURALEZA Y ALCANCE.

    Para que una agencia administrativa pueda, a su opción, formular política pública por medio del proceso de reglamentación o de adjudicación, la ley que instrumenta debe proveerle ambos medios de acción.

  5. ID.--ID.--VISTA O AUDIENCIA Y ADJUDICACIÓN--EN GENERAL.

    Una agencia administrativa puede válidamente formular política pública por medio del mecanismo de adjudicación.

  6. ID.--ID.--ID.--ID.

    No toda adjudicación administrativa implica formulación de política pública; para que así sea, la agencia, al adjudicar, tiene que crear una regla o norma que tenga aplicación general a todas aquellas partes que en el futuro estén en idéntica situación.

  7. ID.--ID.--ID.--ID.

    Bajo la Ley sobre Certificados de Necesidad y Conveniencia, el Secretario de Salud tiene facultad para reglamentar y adjudicar al mismo tiempo. La formulación de política pública no se limita únicamente al mecanismo de reglamentación, sino que se extiende al de adjudicación.

  8. ID.--ID.--EN GENERAL--EN GENERAL.

    Contrario a lo que ocurre con otros organismos administrativos con funciones cuasi judiciales que al emitir sus decisiones sólo afectan a una o varias partes, el Departamento de Salud, en la instrumentación de la Ley sobre Certificados de Necesidad y Conveniencia tiene la encomienda de planificar los servicios de salud y trazar la política pública al respecto.

  9. ID.--ID.--ID.--ID.

    El peticionario de un certificado de necesidad y conveniencia debe demostrar al Departamento de Salud que existe una necesidad y conveniencia para la prestación del servicio que se propone ofrecer; de ahí que se requieran estudios de viabilidad, análisis de necesidades y proyección regionales, un plan de salud integral y su conformidad con la legislación y reglamentación de la Junta de Planificación, entre otros.

  10. ID.--ID.--ID.--ID.

    La Ley sobre Certificados de Necesidad y Conveniencia dispone que el Secretario de Salud adopte un reglamento para establecer todo lo relacionado con las solicitudes de certificados de necesidad y conveniencia, y requiere que el reglamento establezca los criterios para expedir o denegar un certificado de necesidad y conveniencia.

  11. ID.--ID.--VISTA O AUDIENCIA Y ADJUDICACIÓN--EN GENERAL.

    La Ley sobre Certificados de Necesidad y Conveniencia provee varias maneras para la notificación y publicación a la ciudadanía en general y a personas afectadas en particular sobre las solicitudes presentadas; dispone para que celebrada la vista administrativa el Secretario de Salud en un término de noventa (90) días emita su decisión; establece el procedimiento de reconsideración de sus decisiones, y mecanismos para garantizar la imparcialidad del proceso de consideración de las solicitudes. La ley es clara al disponer un proceso administrativo formal para la formulación e implantación de política pública.

  12. ID.--ID.--ID.--ID.

    El Secretario de Salud, al otorgar o denegar un certificado de necesidad y conveniencia, está no sólo concediendo o denegando un permiso para operar una facilidad de salud, sino que está planificando el desarrollo de éstas en las distintas áreas regionales; su dictamen es una regla o norma con efectos regionales y generales que afecta no sólo al peticionario, sino a la región de salud concernida.

  13. ID.--ID.--ID.--ID.

    La Ley sobre Certificados de Necesidad y Conveniencia exige la más amplia y efectiva notificación de la presentación de una solicitud de certificado no sólo a los posibles afectados, sino al público en general. La ley propicia una amplia y adecuada participación ciudadana precisamente porque la decisión tendrá el impacto de una regla o norma.

  14. ID.--ID.--ID.--ID.

    Al otorgar o denegar un certificado de necesidad y conveniencia, el Secretario de Salud formula política pública mediante un mecanismo de planificación de la salud de tipo adjudicativo.

  15. ID.--REVISIÓN JUDICIAL DE DECISIONES ADMINISTRATIVAS--EN GENERAL--EN GENERAL.

    Los trámites procesales en recurso de revisión contra agencias administrativas se rigen por los procedimientos fijados en las leyes especiales, cuando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR