Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 14 D.P.R. 777

EmisorTribunal Supremo
DPR14 D.P.R. 777

14 D.P.R. 777 (1908) SUCESORES DE BIANCHI V. RODRIGUEZ

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Sucesores de Bianchi v. RodrÃguez.

Moción para que se apruebe una exposición del caso.

No. 7.-Resuelto en noviembre 23, 1908.

Los hechos están expresados en la resolución.

Abogado del promovente: Sr. Manuel F. Rossy.

La parte contraria no compareció.

[RESOLUCION DEL TRIBUNAL]

Considerando: Que la aprobación de un pliego de excepciones, ó una

exposición del caso ó relación de hechos debe hacerse directamente por el

juez ó funcionario judicial que conoció del asunto en primera instancia, y

que en caso de que dicho juez ó funcionario judicial falleciere, fuere

depuesto, quedara incapacitado para actuar, se ausentare de la isla, ó se

negare á dar su aprobación á dicho pliego de excepciones, exposición del

caso ó relación de hechos, éstos deberán ser aprobados en la forma en que lo

prescriban las órdenes ó reglamentos de esta Corte Suprema, según lo

dispuesto en el artÃculo 219 del Código de Enjuiciamiento Civil.

Considerando: Que en la regla 68 del reglamento de este tribunal se dispone

que cuando un juez ó funcionario judicial, ante el que se haya celebrado el

juicio de una causa, se encontrare en los casos á que se refiere el anterior

Considerando, dicho pliego de excepciones ó la relación de hechos ó

exposición del caso, deberá ser aprobada por la persona que suceda en su

puesto á dicho juez ó funcionario judicial, ó por el juez del distrito

contiguo más próximo, y que sólo puede acudirse al Tribunal Supremo, en

solicitud de que se aprueben tales documentos, en el caso á que se refiere

el artÃculo 67 del...

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