Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Junio de 1909 - 16 D.P.R. 256

EmisorTribunal Supremo
DPR16 D.P.R. 256
Fecha de Resolución26 de Junio de 1909

16 D.P.R. 256 (1910) ESTEVEZ V. NEW YORK LIFE INSURANCE CO.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Estévez v. New York Life Insurance Co.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan.

No. 443.-Resuelto en abril 19, 1910.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado del apelante: Sr. Wenceslao Bosch.

Abogados del apelado: Sres. Hartzell y Rodríguez Serra.

El Juez Presidente Sr. Hernández emitió la opinión del tribunal.

Ante la Sección Primera de la Corte de Distrito del Distrito Judicial de San Juan se presentó en 26 de junio de 1909 demanda jurada que copiada a la letra dice así: Comparece José Estévez Torres por el abogado que suscribe y expone: "Que interpone la presente demanda contra la New York Life Insurance Company (Compañía de Seguros sobre la vida), consignando los siguientes.

HECHOS "I. José Estévez Torres y Asunción Burgos suscribieron una solicitud de seguro por un mil dollars dirigida a la New York Life Insurance Co., con el carácter de mutuo, o sea que al fallecimiento de José Estévez recibiría dichos un mil dollars su esposa Asunción Burgos, y que si el fallecimiento de ésta precediera al de aquél, percibiría dicho José Estévez los un mil dollars expresados.

"II. Con fecha trece de abril de 1909, satisfizo Don José Estévez la cantidad de cinco dollars para tal seguro, recibiendo del agente Geo.

Marxuach un recibo, en el que se omitió consignar tal cantidad de cinco dollars, satisfecha, pero tiene esta parte información de que consta hecho el abono expresado en la oficina que dicha New York Life Insurance Co. tiene en esta ciudad.

"III. Cursada tal solicitud de seguro a la oficina de New York de la expresada compañía, ésta dirigió con fecha 28 de abril del mismo año 1909 una carta a José Estévez Torres, firmada por Darwin P. Kingsley, presidente de dicha sociedad, siendo el tenor literal del contenido de dicho documento así: "Señor José Estévez Torres, Calle San Andrés S. 12, Puerta de Tierra. San Juan, Puerto Rico. Muy señor nuestro: Hemos recibido y damos a Ud. las gracias, por su solicitud para un seguro de vida en esta compañía, cuya solicitud está actualmente mereciendo nuestra detenida consideración. La New York, Compañía de Seguros contra la vida, tiene una historia honorable de sesenta y cuatro años, y durante ese largo período nunca ha dejado de cumplir con sus obligaciones. La compañía es mutualista, y no tiene capital social. Los poderes administrativos de la compañía son ejercidos por un consejo de...

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