Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 17 D.P.R. 1097

EmisorTribunal Supremo
DPR17 D.P.R. 1097

17 D.P.R. 1097 (1911) IN RE ROJAS

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In Re Rojas.

Procedimiento por Desacato.

No.

4.-Resuelto en noviembre 29, 1911.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado de El Pueblo: Sr. Charles E. Foote, Fiscal.

El acusado compareció en nombre propio.

El Juez Asociado Sr. del Toro, emitió la opinión del tribunal.

Pendiente de resolución en esta Corte Suprema el recurso establecido en el

caso de El Pueblo v. Vilar por delito contra la honestidad y moral pública,

consistente en la publicación en un periódico editado en Caguas de ciertos

artículos obscenos, Manuel F. Rojas envió en sobre dirigido "Al Hon. Juez

Presidente de la Suprema Corte de Puerto Rico, San Juan, P. R." una carta

que dice así:

"San Juan, P. R., octubre 22, 1911. Al Hon. Juez de la Suprema Corte de

Puerto Rico, San Juan, P. R. Hon. señor: Con el debido respeto y con la

sola intención de facilitar a esa Hon. Corte los datos precisos que permitan

una exacta ilustración a la misma sobre el caso de apelación interpuesta

ante ese alto tribunal, sobre sentencia dictada contra el humilde obrero

Juan Vilar de la ciudad de Caguas, P. R., remito a V. H. las ediciones de

los periódicos `El Motín' y `La Voz del Cantero,' en los cuales aparece la

publicación de un suceso ocurrido en el Convento de Santa Isabel de Gracia,

en Barcelona, España; y por cuya reproducción en `Voz Humana,' periódico que

se editaba en Caguas, P. R., fué denunciado Juan Vilar, como supuesto autor

de un delito contra la moral pública.

"El abogado defensor del acusado Juan Vilar, no ha tenido oportunidad para

agregar a su defensa el texto de las publicaciones que aparecen en los

periódicos ya mencionados y de los cuales se hizo la reproducción que dió

margen al proceso de Vilar.

"Interesados por que la justicia sea impartida con entera imparcialidad y

con pleno conocimiento de los motivos del proceso, le adjunto las referidas

ediciones que V. H. puede retener en su poder para el mejor uso y para los

fines de un fallo justo en el caso de la apelación sobre sentencia impuesta

a Juan Vilar.

Sin otro asunto que me obligue a molestar su honorable atención,

permanezco, respetuosamente vuestro, Manuel F. Rojas, Secretario Unión

Obrera Central.

La carta transcrita y los periódicos acompañados se pasaron al Fiscal de

esta Corte Suprema, que inció en 6 de noviembre actual este procedimiento

por desacato presentando una acusación en debida forma. Citado el acusado

Rojas para que alegara las razones que tuviera para que no se le...

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