Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Octubre de 1899 - 19 D.P.R. 124

EmisorTribunal Supremo
DPR19 D.P.R. 124
Fecha de Resolución17 de Octubre de 1899

19 D.P.R. 124 (1913) FERRER V. TORRUELLA EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Ferrer et al., Apelantes, v. Torruella et al., Apelados.

Apelación procedente de la corte de Distrito de Ponce.

No. 912.-Resuelto en febrero 14, 1913.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado de los apelantes: Sr. Alfredo Arnaldo.

Abogado de Doña Asunción Torruella: Sr. José A. Poventud.

Abogado de Don Fernando Vendrell: Sr. Francisco Parra.

El Juez Asociado Sr. Wolf, emitió la opinión del Tribunal.

Don Luis Pérez Valdivieso obtuvo durante su vida una sentencia por la suma de dieciseis mil ($16,000) pesos, moneda mejicana, contra la Sucesión de Don Carlos Pages y Maristani. Después de la muerte de su esposo, Doña Asunción Torruella Rivera, subrogada en el lugar y derecho de su referido esposo, procedió a la ejecución de dicha sentencia, y en su ejecución fué embargada la propiedad de los demandados Doña Obdulia Ferrer y sus hijos Don José, Don Carlos, Don Manuel y Don Juan Pages y Ferrer. El valor de la finca embargada alcanzó a la suma de 51,602 pesos, equivalentes a 30,361 dólares y la Corté de Distrito de Ponce, como continuadora del extinguido juzgado de primera instancia de esa ciudad ante el cual el pleito original había sido seguido en el año 1894, dictó una providencia mandando a sacar a remate la dicha finca por término de veinte días, disponiendo que se anunciara en remate por medio de edictos que habrían de publicarse en la "Gaceta de Puerto Rico" y en "La Democracia," y esos edictos fueron así publicados en la "Gaceta" el día 17 de octubre de 1899 y en "La Democracia" el 14 de octubre del mismo año. En 26 de octubre de 1899, que era el día señalado para la subasta, se celebró el remate. No concurrió al remate ningún licitador, y entonces la ejecutante Doña Asunción Torruella y Rivera solicitó que la finca le fuera vendida por las dos terceras partes de su tasación. En 17 de marzo de 1900, la Corte de Distrito de Ponce adjudicó la expresada finca a Doña Asunción Torruella por las dos terceras partes de su tasación, y a solicitud de la adjudicataria se requirió a Doña obdulia Ferrer y sus hijos para que otorgaran escrituro de venta a Doña Asunción Torruella, de la finca rematada; y en cumplimiento de esta providencia judicial, la expresada Obdulia Ferrer y sus hijos otorgaron escritura notarial a favor de Doña Asunción Torruella, cuyo título fué, según la demanda, inscrito en el Ayuntamiento de Santa Isabel el día 10 de abril de 1900. Don...

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