Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Enero de 1910 - 19 D.P.R. 1

EmisorTribunal Supremo
DPR19 D.P.R. 1
Fecha de Resolución17 de Enero de 1910

19 D.P.R. 1 (1913) HERNANDEZ V. MEDINA EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Hernández, Apelante v. Medina et al., Apelados.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Mayagüez.

No. 857.-Resuelto en enero 17, 1913.

Los hechos están expresados en la opinión.

El apelante compareció en nombre propio.

Abogado de los apelados: Sr. José de Diego.

En la transcripción de los autos que se ha presentado en esta corte para resolver el presente recurso, se inserta una moción de Agustín Hernández Mena a la corte de distrito, en la que exponía que con fecha 19 de agosto de 1909, se había dictado sentencia a su favor contra Julio Medina González, para que le pagara 1,480 pesos 95 centavos, intereses a seis por ciento y costas; que tal fallo fué registrado en el libro de registro de sentencias del Registro de la Propiedad de Mayagüez con fecha 17 de enero de 1910; que quedaban pendiente de pago de ese fallo $867.25, los intereses y las costas; que para su cobro el márshal embargó en 16 de marzo de 1912 todo el derecho, título e interés del demandado Julio Medina González en una finca rústica que describe; que la misma aparece inscrita en el registro de la propiedad en la proporción de una mitad de condominio proindiviso a favor, cada uno, de Carlos Vega y de Pedro Vicenty; que Carlos Vega y Francisco Ramírez la adquirieron por compra privada en 29 de marzo de 1911 de José Ibáñez, quien, a su vez, la había comprado a Julio Medina González en 10 de marzo de 1911, habiéndola éste adquirido por compra a Pedro R. Matos y otros en 26 de junio de 1908; que fué inscrita a favor de Vega y Ramírez el 10 de enero de 1912; que Pedro Vicenty Semidey adquirió el condominio de Francisco Ramírez por adjudicación que se le hizo en subasta para el pago de una sentencia; que cuando en 17 de enero de 1910 fué inscrito su fallo en el registro de sentencias del registro de la propiedad, dicha finca pertenecía a Julio Medina González. Concluyó pidiendo que se requiriera a Carlos Vega y a Pedro Vicenty Semidey para que mancomunada y solidariamente liberasen dicha finca pagándole los $867.25, los intereses y las costas pendientes de pagos, y que si no lo efectuaban, se ordenase la cancelación en el registro de la propiedad de las inscripciones de dominio hechas a favor de dichos señores y cualquiera otra que en su caso se hubiera extendido posteriormente.

De una certificación librada por el Registrador de la Propiedad de Mayagüez en 21 de marzo de 1912, aparece que la...

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