Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Junio de 1997 - 143 DPR (1997)

EmisorTribunal Supremo
DTS1997 DTS 110
DPR143 DPR (1997)
Fecha de Resolución30 de Junio de 1997

1997 DTS 110 (1997) PUEBLO V. MELIÁ LEÓN, 143 D.P.R. 708 (1997)

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico, Apelado

v.

Enrique Meliá León, Acusado-Apelante

143 D.P.R. 708 (1997)

143 DPR 708 (1997)

Núm. CR-93-114

Infr. Art. 3 Ley 33. Soborno Agravado (Art. 210 C.P.) (3) Cargos

Tribunal de Primera Instancia: Sala de Mayagüez

Juez de Instancia: Hon. Hiram Torres Rigual

Abogados de la parte apelante: Lics. José M. Sagardía & Reinaldo Arroyo Rivera

Abogados de la parte apelada: Lic. Lic. Rose Mary Corchado, Procuradora General Auxiliar

Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Hernández Denton

San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 1997.

Enrique Meliá León, ex-teniente-coronel de la Policía de Puerto Rico a cargo de la Superintendencia Auxiliar de Tránsito, fue juzgado por tribunal de derecho y hallado culpable por tres delitos de soborno agravado y uno por violación al inciso © del Art. 3 de la Ley 33 de 13 de julio de 1978, según enmendada, conocida como Ley Contra el Crimen Organizado y Lavado de Dinero del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 25 LPRA secs. 971 et seq. (1996). Inconforme con el fallo y la sentencia emitida por el entonces Tribunal Superior, Meliá León apeló ante nos.

Al evaluar los méritos de los señalamientos de su apelación, debemos considerar el alcance de la disposición de la Ley Contra el Crimen Organizado que penaliza la participación de una persona en los asuntos de una empresa mediante actividades que constituyan un patrón de crimen organizado. Debemos, así, precisar los contornos de los conceptos centrales del artículo 3(c) de dicha ley.

Evaluada la prueba de cargo presentada y los méritos de los planteamientos del apelante, confirmamos.

I.

Conforme surge del testimonio que ante el entonces Tribunal Superior, Sala de Mayagüez, (Hon. Hiram Torres Rigual), prestaron los testigos de cargo, versión que le mereció entera credibilidad al juzgador de los hechos, en enero de 1991 un "Task Force" compuesto por el Negociado de Investigaciones Especiales, (N.I.E.) y el Servicio de Aduana Federal en Mayagüez, realizó una investigación sobre el trasiego de cocaína desde Colombia a Puerto Rico. La investigación estaba centrada en una organización criminal que operaba en el área suroeste de Puerto Rico de la cual se había identificado a Israel Sanabria como su jefe y a Ernesto Figueroa Ramos, c/p Nesti, como uno de sus integrantes.

Como parte de la investigación, el "Task Force" utilizó los servicios de varios agentes encubiertos que lograron infiltrarse en el grupo investigado y cuyos testimonios fueron presentados como prueba de cargo. De entre éstos, el testimonio principal lo brindó Edgar Candelaria Soto, agente del Negociado de Drogas y Narcóticos de Mayagüez de la Policía de Puerto Rico.[Na 1]

Según el testimonio de Candelaria Soto, en julio de 1991 recibió instrucciones de infiltrarse en el grupo que estaba siendo investigado. El plan de las autoridades consistía en que se hiciera pasar por un capitán de embarcaciones dedicado al contrabando de drogas, armas e indocumentados para que la organización investigada lo incluyera en un plan gestado para traer ilegalmente a Puerto Rico desde aguas de la República Dominicana a Alcides Weissman, un colombiano que, según información recibida, era representante del Cartel de Medellín. Un agente ya infiltrado sirvió de enlace entre Candelaria y la organización.[Na 2]

La operación fue realizada según lo planificado y Candelaria participó en la introducción ilegal de Weissman a Puerto Rico. Luego de ello, Candelaria mantuvo comunicación con Figueroa Ramos e incluso llegó a reunirse con éste y Weissman. En una de estas reuniones Weissman invitó a Candelaria a Colombia y a la República Dominicana para que conociera a varias personas. Fue en esa reunión que Figueroa Ramos, le indicó que para gestiones futuras tenía los contactos en Puerto Rico "porque conocía a un sargento de la Policía de Puerto Rico que es compadre del Coronel Enrique Meliá, que es persona con mucho poder y que ambos bregan". Exposición Narrativa de la Prueba [en adelante E.N.P.], a la pág. 19. El sargento de la policía aludido era Jaime Torres, en ese momento oficial sin rango de ese cuerpo adscrito a la División de Tránsito, Area de Ponce, y quien posteriormente figuró como uno de los co-acusados en el proceso seguido contra Meliá León. Según la exposición narrativa de la prueba, ésta es la primera ocasión en que se menciona el nombre de Meliá León en el transcurso de la investigación. La admisión en evidencia de esta declaración por voz del testigo de cargo Candelaria fue objetada por la defensa. El Tribunal, sin embargo, la aceptó.

Siguiendo instrucciones del "Task Force", el 14 de septiembre de 1991, Candelaria transportó un supuesto cargamento de armas al pueblo de Cataño. En esa ocasión, participaron Figueroa Ramos y Jaime Torres. Al día siguiente se reunió con ambos en Mayagüez y les pagó $4,000.00 a cada uno. Además, les indicó que tenía planes de introducir "mil Kilos pero que necesitaba más garantías". E.N.P., a la pág. 23.

Fue entonces cuando el policía Jaime Torres le indicó que en futuras operaciones podía dar garantías con el Coronel Meliá. Id. Ante objeciones de la defensa, el Tribunal de instancia igualmente admitió esta declaración.

El día 28 de septiembre de 1991, Candelaria acudió al Pichis Convention Center de Guayanilla para conocer a Meliá, según lo había acordado con Figueroa Ramos. Surge de la exposición narrativa de la prueba, que antes de esta reunión:

[Figueroa Ramos] le indicó que se lo iba a presentar pero que no le hablara del negocio; que había que hablarle en clave a Meliá porque había otros acompañantes que no se podían enterar; que la clave era decir "camiones" por cargamentos; "cajas de guineo" por marihuana y "plumas" por dinero. E.N.P., a la pág.

23.

Allí se encontraban el Coronel Meliá León, vestido con su uniforme de policía, el policía Jaime Torres, Ernesto Figueroa Ramos, otro policía de apellido Rosa y un señor a quien identificó como Toño Pérez. Candelaria indicó que, luego de ser presentado, Figueroa Ramos lo "sacó aparte" para decirle que se acordara de no hablar directamente, que habría una reunión posterior en donde podrían hacerlo. Id. a la pág. 24. Durante el transcurso de esa reunión, Candelaria le expresó a Meliá

León que tenía un "negocio de camiones" y que "transportaba piezas de máquinas" a diferentes puntos de la Isla. Le dijo, además, que le gustaría que verificara los documentos de sus camiones para asegurarse de que todo estaba bien. Según su declaración, Meliá le preguntó "si tenía muchos clientes" y le recomendó "que buscara clientes grandes y a largo plazo para la estabilidad de su negocio". Id.

El 4 de octubre siguiente, Candelaria se reunió con Jaime Torres, Ernesto Figueroa Ramos y la hija de éste de nombre Evelyn Figueroa. Ese día llevaba consigo un maletín con $13,400 para realizar una supuesta transacción ilegal. Mientras esperaban, les indicó a Torres y a Figueroa Ramos que tenía planificado introducir mil doscientos (1,200) kilos de cocaína al País, para lo cual contaba con dos planes: uno si Meliá daba protección, y otro sin la cooperación de éste. Según narró

Candelaria, el policía Torres le indicó que Meliá estaba "al tanto de todo y que bregaría pero que tenía que ser poco a poco". E.N.P., a la pág. 25.

Candelaria solicitó al policía Jaime Torres que llamara a Meliá desde allí para conversar con él. Torres, sin embargo, se reafirmó en que Meliá cooperaría con lo necesario. Ante la insistencia de Candelaria, Torres buscó un pedazo de papel en donde tenía varios números telefónicos. Uno de ellos estaba identificado por la frase, "residencia de Meliá" y el otro por "celular de Meliá".

Candelaria marcó ambos números sin lograr comunicación.

Entonces, llamó a un tercer número anotado, que resultó ser de un sistema de "beeper", y dejó el siguiente mensaje: "Que llame a Jaime", y dio su número del teléfono celular. Luego de esperar varios minutos sin recibir respuesta, Figueroa Ramos, su hija y Jaime Torres se marcharon del lugar. Veinte minutos más tarde Candelaria recibió una llamada de una persona que sin identificarse "preguntó por Jaime". Según Candelaria, la voz era de un hombre, y tan sólo le indicó a éste que "Jaime no estaba".

El 8 de octubre de 1991, Candelaria se reunió con Figueroa Ramos y el policía Torres para coordinar la introducción del alegado cargamento de mil doscientos kilos. Preguntó por Meliá, y ellos le indicaron que estaba al tanto de todo. E.N.P., a la pág. 26.

El 12 de octubre de 1991, Candelaria se reunió en el restaurante La Guardarraya de Yauco con Meliá León, Figueroa Ramos, Evelyn Figueroa y los policías Jaime Torres y Rosa, éste último chofer de Meliá. Candelaria narró que en esa ocasión Meliá le preguntó sobre cuántos camiones tenía. Según Candelaria, la palabra camiones se refería a cargamentos de droga. Ese día. Candelaria le obsequió a Meliá una pipa de fumar italiana, marca Aldo Velatti, valorada en $175 que fue adquirida con dinero de las autoridades. La misma había sido usada previamente para que pareciera usada. Al entregársela, le indicó a Meliá que "una promesa era una deuda", en alusión al hecho de que en una pasada reunión al ver a Meliá fumando una pipa le dijo que le obsequiaría una que tenía en su casa. Meliá la aceptó y le dio las gracias.

En esa reunión Candelaria manifestó su preocupación sobre la posibilidad de que sus camiones fueran detenidos por la Policía mientras transitaban por las vías públicas del país. Fue entonces cuando Figueroa Ramos le indicó a Meliá que tenían unos viajes pendientes y que necesitaban su ayuda. En su declaración, Candelaria testificó que Meliá aceptó cooperar con ellos. E.N.P., a la pág. 27. Expresó además, que "Meliá lo asesoraba [sobre] cómo mover los cargamentos y que cada cual tenía una labor siendo Jaime y Nesti Figueroa Ramos los choferes". Candelaria pagó la...

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