Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Junio de 2003 - 159 DPR ____

EmisorTribunal Supremo
Número del casoCC-2001-51
TSPR2003 TSPR 103
DPR159 DPR ____
Fecha de Resolución12 de Junio de 2003

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Oficina de Ética Gubernamental

Querellante-Recurrida

v.

Julio C. Román González

Querellado-Peticionario

Certiorari

2003 TSPR 103

159 DPR ____

Número del Caso: CC-2001-51

Fecha: 12 de junio de 2003

Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I

Juez Ponente: Hon.

José M. Aponte Jiménez

Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Israel Roldán González

Lcdo.

Víctor Calderón Cestero

Abogadas de la Parte Recurrida: Lcda.

Gretchen Camacho Rossy

Lcda.

Wanda Torres Velázquez

Revisión Judicial de Resolución Administrativa

RESOLUCIÓN

Nunc Pro Tunc

San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2003.

Se enmienda nunc pro tunc nuestra Opinión de 1 de mayo de 2002 para que la nota al calce número 11 de la página 20 lea de la siguiente manera:

Canon 18 de Ética Profesional, 4 L.P.R.A Ap. IX. Aunque al representante legal del peticionario se le impuso una sanción económica por no someter a tiempo el informe de la conferencia con antelación a la vista adjudicativa, tal conducta no es atribuible al peticionario, sino a la falta de la debida previsión y control adecuado de su calendario por parte del licenciado Roldán González.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y...

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