Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 18 de Febrero de 2005 - 163 DPR 757

EmisorTribunal Supremo
Número del casoTS-3138
TSPR2005 TSPR 025
DPR163 DPR 757
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2005

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Lorenzo Muñoz Franco

2005 TSPR 25

163 DPR 757 (2005)

163 D.P.R. 757 (2005)

2005 JTS 28 (2005)

Número del Caso: TS-3138

Fecha: 18 de febrero de 2005

Oficina del Procurador General: Lcda. Noemí Rivera de León

Procuradora General Auxiliar

Abogados del Querellado: Lcdo. Rafael A. García López

Lcdo. Harry Anduze Montaño

Conducta Profesional

(La suspensión será efectiva el 9 de marzo de 2005 fecha

en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.)

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, a 18 de febrero de 2005.

En atención a la querella presentada por la Oficina del Procurador General de Puerto Rico el 17 de noviembre de 2004, el 10 de diciembre de 2004, emitimos una Resolución, mediante la cual le concedimos término al Lcdo. Lorenzo Muñoz Franco para que mostrara causa por la cual no debíamos suspenderlo del ejercicio de la abogacía.

Oportunamente, el licenciado Muñoz Franco sometió una Moción en Cumplimiento de Orden y Contestación a la Querella presentada por la Oficina del Procurador General.

A la luz de la totalidad de los documentos que forman el expediente, se suspende inmediata y provisionalmente al Lcdo. Lorenzo Muñoz Franco del ejercicio de la profesión de abogado y de la notaría, hasta que otra cosa disponga este Tribunal.

Se le impone al señor Muñoz Franco el deber de notificar a todos sus clientes de su presente inhabilidad de seguir representándolos, de devolverle cualesquiera honorarios recibidos por trabajos no realizados e informarle oportunamente de su suspensión a los distintos foros judiciales...

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