Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Enero de 2008 - 172 DPR 1005

EmisorTribunal Supremo
Número del casoEC-2008-01
DTS2008 DTS 001
TSPR2008 TSPR 1
DPR172 DPR 1005
Fecha de Resolución11 de Enero de 2008

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Conferencia Judicial

Convocatoria

2008 TSPR 1

172 DPR 1005, (2008)

172 D.P.R. 1005 (2008), In re Conferencia Judicial I ,172:1005

2008 JTS 22 (2008)

2008 DTS 1 (2008)

Número del Caso: EC-2008-01

Fecha: 11 de enero de 2008

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, 11 de enero de 2008.

Por la presente se convoca a los jueces y juezas del Tribunal General de Justicia y del Tribunal de Apelaciones y a las personas que son miembros de la Conferencia Judicial, a la Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria de la Conferencia Judicial, a celebrarse los días 14 y 15 de febrero de 2008, en el Hotel Condado Plaza, en San Juan.

Los trabajos de la Conferencia se enmarcarán en la presentación de los proyectos de enmiendas a las reglas procesales en materia civil, penal y derecho probatorio.

Los Jueces Administradores y las Juezas Administradoras, en consulta con los jueces y las juezas de sus respectivas regiones judiciales, tomarán las medidas necesarias para que el mayor número pueda asistir a la Conferencia Judicial, sin afectar los calendarios de asuntos urgentes que tengan que atenderse durante esos días.

Además, se tomarán las medidas de rigor para que las labores de investigación y de determinación de causa probable se atiendan adecuadamente. El sistema de turnos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR