Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 2 de Mayo de 2008 - 173 DPR Ap., (2008)

EmisorTribunal Supremo
Número del casoTS-13040
DTS2008 DTS 069
TSPR2008 TSPR 69
DPR173 DPR Ap., (2008)
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2008

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Luz E. Méndez Rivera

2008 TSPR 69

173 DPR Ap., (2008)

173 D.P.R. Ap. (2008), In re Méndez Rivera, 173:Ap.

2008 JTS 89 (2008)

2008 DTS 69 (2008)

Número del Caso: TS-13040

Fecha: 2 de mayo de 2008

Abogada de la Parte Peticionaria: Por Derecho Propio

Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo.

José M. Montalvo Trías

Director Ejecutivo

Conducta Profesional; Baja voluntaria del ejercicio de la abogacía

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, a 2 de mayo de 2008.

Examinada la Moción

presentada por la Lcda. Luz E. Méndez Rivera, solicitando su renuncia voluntaria al ejercicio de la abogacía, así como la Moción en Contestación a Resolución

presentada el 14 de febrero de 2008 por el Colegio de Abogados de Puerto Rico, se autoriza a la...

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