Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 8 de Febrero de 2017 - 197 DPR ____
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | ER-2017-01 |
DTS | 2017 DTS 020 |
TSPR | 2017 TSPR 020 |
DPR | 197 DPR ____ |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2017 |
2017 TSPR 20
197 DPR ____ (2017)
197 D.P.R. ____ (2017)
2017 DTS 20 (2017)
Número del Caso: ER-2017-01
Fecha: 8 de febrero de 2017
Resolución enmendar el formulario de la Solicitud de Admisión por Cortesía.
En San Juan, Puerto Rico, a 8 de febrero de 2017.
La Regla 12(f) del Reglamento del Tribunal Supremo, 4 LPRA Ap. XXI-B, regula la admisión por cortesía en nuestra jurisdicción. En lo pertinente, esta regla dispone que [t]oda solicitud de admisión por cortesía deberá tramitarse completando y presentando en la Secretaría del Tribunal el formulario de Solicitud de Admisión por Cortesía, que se hace formar parte de esta Resolución como Anejo. Regla 12(f)(7) del Reglamento, supra, en In Re Enmda. R. 12(f) Reglamento TS, 193 DPR 321, 325 (2015).
Tras su adopción, el formulario se enmendó con el propósito de agilizar el trámite de estas solicitudes. Véase In re Enmdas. Formulario Adm. Cortesía, 195 DPR 654 (2016). Sin embargo, hemos identificado ciertos errores de forma y contenido recurrentes en las solicitudes
presentadas que ameritan nuestra intervención. En consecuencia, se modifica el formulario para solicitar la admisión por cortesía en los acápites siguientes:
II. Caso o procedimiento: se añade que la persona solicitante deberá especificar todas las partes en el caso para el cual solicita la admisión por cortesía y cada uno de sus representados, si es más de uno.
III. Jurisdicciones en las que la persona solicitante ha sido admitida: se aclara que se aceptarán únicamente certificados de good standing originales, emitidos por el tribunal de mayor jerarquía dentro de los 90 días previos a la presentación de la solicitud.
IV. Solicitudes previas de admisión por cortesía: se especifica que la persona solicitante deberá utilizar el formato de la tabla que se incluye en el formulario. Además, se detalla que se requiere el nombre y el número del caso al que solicitó admisión por cortesía previamente, así como la determinación de este Tribunal y la fecha cuando se emitió.
El formulario revisado que se aneja a esta Resolución deberá utilizarlo toda persona que interese ser admitida por cortesía al amparo de la Regla 12(f), supra.
Esta enmienda entrará en vigor diez días después de su aprobación y aplicará a todas las peticiones presentadas a partir de su fecha de efectividad.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. La Jueza Asociada Señora Pabón Charneco y el Juez Asociado Señor Estrella Martínez no intervinieron.
Juan Ernesto Dávila Rivera
Secretario del Tribunal Supremo
Ex parte ________________________ |
Admisión por cortesía Regla 12(f) Reglamento del Tribunal Supremo de Puerto Rico |
MC-20___-___
I. Información de la persona solicitante
Nombre:________________________________________________________________
Bufete:_________________________________________________________________
Dirección postal:_________________________________________________________
Dirección física:__________________________________________________________
Teléfono:_______________________________________________________________
Fax:___________________________________________________________________
Correo electrónico:_______________________________________________________
II. Caso o procedimiento
Provea la siguiente información relacionada al caso o casos, en el cual la persona solicitante desea ser admitida por cortesía. Especifique todas las partes en el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba