Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 19 de Marzo de 2018 - 199 DPR __

EmisorTribunal Supremo
Número del casoAC-2018-20
DTS2018 DTS 043
TSPR2018 TSPR 043
DPR199 DPR __
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2018

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Juan Vera González por sí y en representación del menor J.X.V.L.

Peticionarios

v.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Departamento de Educación

Recurridos

Certiorari

2018 TSPR 43

199 DPR __ (2018)

199 D.P.R. __ (2018)

2018 DTS 43 (2018)

Número del Caso: AC-2018-20

Fecha: 19 de marzo de 2018

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan

Abogado de la parte peticionaria: Lcdo. Osvaldo Burgos Pérez

Oficina del Procurador General: Lcdo. Luis Román Negrón

Procurador General

Lcda.

Stephanie Ortiz Suárez

Procuradora General Auxiliar

Quiebra, Promesa y Honorarios-

Resolución NO HA LUGAR. El caso está

paralizado y que tiene que archivarse administrativamente hasta que el tribunal federal, que es el foro con jurisdicción, levante la paralización. Voto particular de conformidad y Votos Particulares Disidentes.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de marzo de 2018.

Considerado el recurso como una solicitud de certiorari, se provee no ha lugar.

Lo acordó el Tribunal y lo certifica el Secretario del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Martínez Torres emitió un voto particular de Conformidad al cual se unieron la Jueza Asociada señora Pabón Charneco y los Jueces Asociados Señor Kolthoff Caraballo y señor Feliberti Cintrón. El Juez Asociado señor Estrella Martínez emitió un Voto Particular Disidente. El Juez Asociado señor Colón Pérez emitió un Voto Particular Disidente al cual se unieron la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez, la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez y el Juez Asociado señor Estrella Martínez.

Juan Ernesto Dávila Rivera

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