Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Abril de 2018 - 200 DPR (2018)

EmisorTribunal Supremo
Número del casoCC-2018-210
DTS2018 DTS 061
TSPR2018 TSPR 061
DPR200 DPR (2018)
Fecha de Resolución17 de Abril de 2018

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Departamento de Transportación y Obras Públicas

Recurrido

v.

Servidores Públicos Unidos de Puerto Rico, AFSCME, Local 3889

Peticionaria

Certiorari

2018 TSPR 61

200 DPR ___ (2018)

200 D.P.R. __ (2018)

2018 DTS 61 (2018)

Número del Caso: CC-2018-210

Fecha: 17 de abril de 2018

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan y Caguas

Abogada de la parte peticionaria: Lcda. Yarlene Jiménez Rosario

Oficina del Procurador General:

Lcdo.

Luis R. Román Negrón

Procurador General

Lcdo.

Juan Ramírez Ortiz

Procurador General Auxiliar

Derecho Laboral- Destitución del Puesto en el Gobierno, DPTO.

Paralización automática de un pleito en virtud de la Puerto Rico Oversight Management, and Economic Stability Act, (PROMESA).

SENTENCIA

(Regla 50)

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de abril de 2018.

Tras evaluar la Petición de Certiorari presentada por la peticionaria, se expide el auto solicitado y, por haberse emitido sin jurisdicción, se deja sin efecto tanto la Sentencia que el Tribunal de Apelaciones emitió el 30 de noviembre de 2017 como la Sentencia que el Tribunal de Primera Instancia emitió el 3 de julio de 2017.

Se devuelve el caso de epígrafe al Tribunal de Primera Instancia y se ordena su archivo administrativo hasta que las partes notifiquen al foro primario que el caso In re: The Financial Oversight and Management Board for Puerto Rico, as representative of The Commonwealth of Puerto Rico, et al., No. 17-BK-3283 (LTS), pendiente ante la Corte de Quiebras ha culminado o que la paralización automática ha sido levantada.

Lo acordó el Tribunal y lo certifica el Secretario del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Martínez Torres hace constar la siguiente expresión a la cual se unieron la Jueza Asociada señora Pabón Charneco y el Juez Asociado señor Rivera García:

El Juez Asociado señor Martínez Torres está conforme por los fundamentos expuestos en su Voto particular de conformidad en el caso de José L. Morales Pérez v. Policía de Puerto Rico, certificado el 2 de abril de 2018, 2018 TSPR 48. Asimismo, cabe destacar que nosotros no somos el foro con jurisdicción para hacer valer la disposición 362(d)(1) del Código de Quiebras Federal, 11 USC sec. 362(d)(1), sino que es el tribunal federal. Al resolver esto me limito a aplicar el derecho.

El Juez Asociado señor Estrella Martínez emitió un Voto Particular Disidente.

El Juez Asociado señor Colón Pérez hace constar la siguiente expresión:

"El Juez Asociado señor Colón Pérez disiente del curso de acción seguido por una mayoría de este Tribunal por entender que el presente caso, en parte, no quedó paralizado en virtud de lo dispuesto en la Sec. 301(a) del Título III del Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act (PROMESA), 48 USC sec. 2101, et seq. Siendo ello así, éste hubiese expedido el mismo a los únicos fines de permitir la continuación del trámite apelativo ante este Foro y, en consecuencia, dilucidar si correspondía o no reinstalar a la señora Rosa M. Hernández Rosario en su empleo como Oficinista I en el Centro de Servicio al Consumidor (CESCO), adscrito al Departamento de Transportación y Obras Públicas. Respecto a la reclamación por el pago de haberes dejados de percibir que ésta última realiza, el Juez Asociado señor Colón Pérez entiende que la misma debe ser paralizada en virtud de lo dispuesto en el Titulo III de la Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act (PROMESA), 48 USC sec. 2101 et seq. Sobre el particular, véase su Voto Particular Disidente en Morales Perez v. Policía de Puerto Rico, res. el 2 de abril de 2018, 2018 TSPR ___."

La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez disiente por los fundamentos expuestos en el Voto Particular Disidente del Juez Asociado señor Colón Pérez en Morales Pérez v. Policía de P.R., 2018 TSPR 48.

La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez no intervino.

Juan Ernesto Dávila Rivera

Secretario del Tribunal Supremo

Voto particular disidente emitido por el Juez Asociado SEÑOR...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR