Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 9 de Enero de 2019 - 201 DPR (2019)

EmisorTribunal Supremo
Número del casoAB-2018-44, (TS-3,601)
DTS2019 DTS 5
TSPR2019 TSPR 005
DPR201 DPR (2019)
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2019

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Ovidio Ruiz Fontanet

2019 TSPR 5

201 DPR ___ (2019)

201 D.P.R. ___ (2019)

2019 DTS 5 (2019)

Número del Caso: AB-2018-44

(TS-3,601)

Fecha: 9 de enero de 2019

Oficina del Procurador general: Lcdo. Isaías Sánchez Báez

Procurador General

Lcda. Gisela Rivera Matos

Procuradora General Auxiliar

Conducta Profesional-

Se suspende inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía, por no comparecer y contestar a una queja presentada en su contra.

La Suspensión será efectiva el 15 de enero de 2019, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.

PER CURIAM

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de enero de 2019.

El 14 de diciembre de 2018 le concedimos al Lcdo. Ovidio Ruiz Fontanet un término final e improrrogable de cinco días para que comparezca ante nos y conteste una queja presentada en su contra.

Le apercibimos de que incumplir desembocaría en su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía. Como no compareció, nos toca suspenderlo.

I

El 7 de marzo de 2018 la Sra. Estela M. Andrade Cora presentó una queja contra el licenciado Ruiz Fontanet. Alegó que en junio de 2015 acudió a la oficina del licenciado para contratarlo como representante legal en un caso de sucesiones y que este

le refirió a su hijo, el Sr. Carlos E. Ruiz Hernández, como abogado que se dedicaba al litigio. La señora Andrade Cora arguyó que su comunicación con el señor Ruiz Hernández se fue deteriorando y que recibió dos órdenes de desahucio. Por ello, le solicitó al señor Ruiz Hernández que le entregara el expediente para poder ella contratar una nueva representación legal. No tuvo éxito.

Para ese entonces, la señora Andrade Cora se percató de un escrito al Tribunal de Apelaciones que llevaba la firma del licenciado Ruiz Fontanet, y no la del señor Ruiz Hernández, quien era su supuesto representante legal. Acudió al Tribunal de Primera Instancia y encontró una moción de relevo de sentencia suscrita por ella, aunque alega que la firma allí puesta no era la suya. Luego, se presentó ante este Tribunal Supremo para averiguar sobre el estatus del licenciado Ruiz Fontanet y del señor Ruiz Hernández, y...

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