Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Marzo de 2021 - 206 DPR (2021)
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | CC-2021-201 |
DTS | 2021 DTS 044 |
TSPR | 2021 TSPR 44 |
DPR | 206 DPR (2021) |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2021 |
Certiorari
2021 TSPR 44
206 DPR __, (2021)
206 D.P.R. __. (2021)
2021 DTS 44, (2021)
Número del Caso: CC-2021-201
Fecha: 30 de marzo de 2021
Véase Sentencia del Tribunal
Voto particular de conformidad emitido por el Juez Asociado señor MARTÍNEZ TORRES al cual se unieron la Jueza Asociada señora PABÓN CHARNECO y los Jueces Asociados señor Kolthoff Caraballo, señor Rivera García y señor Feliberti Cintrón.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de marzo de 2021.
Estoy conforme con la Resolución que hoy se certifica debido a que la decisión del Tribunal de Apelaciones aplicó
correctamente nuestros precedentes.
El 21 de junio de 2019, se interpuso denuncias contra el Sr. Anthony Salvá Rivera por infracciones a los Arts. 130 (Agresión sexual), 177 (Amenazas), 195 (Escalamiento Agravado) y 198 (Daños) del Código Penal, 33 LPRA secs. 5191, 5243, 5265, 5268. Se alegó que este entró a una residencia forzando una ventana para cometer el delito de agresión sexual contra una menor de edad. Al día siguiente, se determinó causa para arresto por los delitos imputados y el señor Salvá Rivera ingresó a una institución carcelaria en vista de que no pudo prestar los $200,000 de fianza impuesta. Tras varios trámites procesales, el juicio contra el peticionario comenzó el 28 de enero de 2020 con la desinsaculación del jurado (dentro del término constitucional), el cual quedo finalmente constituido el 5 de febrero de 2020. Luego de iniciado el desfile de prueba durante varios días de juicio, la continuación del juicio quedó señalada para el 19 de marzo de 2020. Sin embargo, el 15 de marzo de 2020 la Rama Judicial anunció la suspensión de los procedimientos judiciales a causa de la crisis de salud pública que aún hoy continuamos enfrentando.
Así las cosas, el señor Salvá Rivera presentó una Petición de habeas corpus al Tribunal de Primera Instancia, en la cual alegó que había estado detenido por más de catorce meses sin que se demostrara su culpabilidad más allá de duda razonable. Razonó que lo que llamó unadetención preventiva violentó su derecho a un juicio rápido. Oportunamente el Ministerio Público presentó su oposición. Sostuvo que el mecanismo de hábeas corpus no es aplicable a casos donde el juicio ya comenzó y que nuestro...
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