Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Diciembre de 2021 - 208 DPR (2021)

EmisorTribunal Supremo
Número del casoTS-16,552
DTS2021 DTS 154
TSPR2021 TSPR 154
DPR208 DPR (2021)
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2021

2021 DTS 154 IN RE: SANTAMARIA TORRES, 2021TSPR154

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Oscar J. Santamaría Torres

2021 TSPR 154

208 DPR __, (2021)

208 D.P.R. ___, (2021)

2021 DTS 154, (2021)

Número del Caso: TS-16,552

Fecha: 13 de diciembre de 2021

Abogado del Sr. Oscar J. Santamaría Torres: Por derecho propio

Conducta Profesional-

Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión será

efectiva el 13 de diciembre de 2021, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

PER CURIAM

San Juan, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2021.

Ejercemos nuestra facultad disciplinaria y ordenamos la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Oscar J. Santamaría Torres de la profesión legal por distanciarse de los principios de honradez y moral que deben distinguir a quienes pertenecemos a esta noble profesión.

I

El Lcdo. Oscar J. Santamaría Torres (licenciado Santamaría Torres) fue admitido al ejercicio de la abogacía el 20 de agosto de 2007 y prestó juramento como notario el 8 de enero de 2008.1 Así las cosas, el 1 de diciembre de 2021, presentó ante nos una Solicitud de Cambio a Estatus de Abogado Inactivo en el Registro Único de Abogados y Abogadas.

Asimismo, compareció nuevamente para suplementar su solicitud el 10 de diciembre de 2021.2

En su comparecencia, el licenciado Santamaría Torres expresó que:

  1. [S]uscribí un acuerdo con Fiscalía Federal para declararme culpable por la comisión de los delitos de conspiracy, federal funds bribery and kickbacks bajo el 18 USC 371.3

  2. Al momento no he resultado convicto por el foro federal, no obstante, es mi deber informar al Honorable Tribunal que estoy incapacitado para desempeñar éticamente los deberes y obligaciones que como miembro de la profesión me corresponden. Siendo ello así, muy respetuosamente, solicito que se me inactive del Registro de Abogados y Abogadas o que proceda con lo dispuesto en Sección 9 de la Ley de 11 de marzo de 1909.

  3. Debido a la gravedad de los cargos por los cuáles me declar[é] culpable, quiero aclarar que no estoy solicitando una suspensión provisional en lo que se dicte una sentencia condenatoria y que ésta advenga final y firme.

  4. Mi intención es que este Honorable Tribunal decrete mi inactividad del Registro de Abogados o lo que proceda en derecho de...

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