Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 22 D.P.R. 352

EmisorTribunal Supremo
DPR22 D.P.R. 352

22 D.P.R. 352 (1915) LUEGO V. EL REGISTRADOR

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Lugo, Recurrente, v. El Registrador de Humacao, Recurrido.

Recurso gubernativo contra nota del Registrador de la Propiedad de Humacao

denegando en parte la inscripción de un expediente posesorio.

No. 225.-Resuelto en abril 17, 1915.

Los hechos están expresados en la opinión.

El recurrente compareció en nombre propio.

El Registrador Sr. Miguel Planellas compareció en nombre propio.

El Juez Presidente Sr. Hernández, emitió la opinión del tribunal.

Ante la Corte Municipal de Fajardo promovió José Lugo y Calzada en 11 de

enero del corriente año información para justificar la posesión de 32

cuerdas de terreno radicadas en el barrio de Sabana del término municipal de

Luquillo, de las cuales habÃa adquirido 26 de los consortes Juan de Matta

Rosado y Guadalupe Corcino Narváez por tÃtulo de compraventa, y las 6

cuerdas restantes de Simplicia Cruz por igual tÃtulo.

El Juez Municipal aprobó el informativo practicado por resolución de 2 de

febrero siguiente y ordenó su inscripción en el Registro de la Propiedad de

Humacao sin perjuicio de tercero de mejor derecho, a cuyo fin se entregarÃa

el expediente original al interesado.

El registrador verificó la inscripción en cuanto a las 6 cuerdas y la

suspendió en cuanto a las otras 26, por medio de nota que copiada a la letra

dice asÃ:

"Inscrito este expediente, pero sólo en cuanto a las 6 cuerdas de la finca

que el promovente compró a Simplicia Cruz, en el tomo 7 de Luquillo, al

folio 168 vuelto, finca No. 345, inscripción 2 a.; y suspendida la

inscripción en cuanto a las 26 cuerdas compradas a Juan de Matta Rosado y

esposa, que aparecen inscritas a favor de éste, de conformidad con lo

dispuesto en el párrafo segundo del artÃculo 393 de la Ley Hipotecaria,

hasta que la Corte Municipal de Fajardo, con vista de la copia que se

acompaña de la inscripción que aparece a favor del citado Juan de Matta

Rosado, y con citación y audiencia de las personas en él interesadas, Juan

de Matta Rosado y esposa, confirme o revoque según proceda, el auto de

aprobación de dicho expediente, tomándose entretanto anotación preventiva en

el mismo tomo y folio al principio citados anotación a. Humacao, febrero 23

de 1915. El Registrador, Miguel Planellas."

La notificación de dicha nota se hizo a José Lugo Calzada por medio de carta

que en 25 de febrero citado le dirigió por correo el mencionado registrador

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR