Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 22 D.P.R. 178

EmisorTribunal Supremo
DPR22 D.P.R. 178

22 D.P.R. 178 (1915) PEREZ V. PEREZ

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Pérez, Promovente y Apelante, v. Pérez et al., Opositores y Apelados.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Mayagüez en un caso sobre

declaración de dominio.

Moción de los opositores y apelados para que se desestime la apelación.

No. --.-Resuelto en marzo 24, 1915.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado de los opositores y apelados: Sr. José

Benet.

El promovente-apelante no compareció.

El Juez Asociado Sr. Aldrey, emitió la opinión del tribunal.

La parte apelada nos ha pedido que desestimemos la apelación que la parte

contraria ha interpuesto en este caso aduciendo como fundamento de su moción

que desde el 22 de agosto último, en cuya fecha la parte apelante radicó en

la SecretarÃa de la Corte de Distrito de Mayagüez la relación del caso, no

ha hecho gestión alguna para formalizar su apelación; y de una certificación

librada por el secretario de dicho tribunal, acompañada con la moción de

desestimación, resulta que la parte apelante presentó en la fecha indicada,

dentro de la prórroga que se le habÃa concedido, la relación del caso en el

pleito, la cual se encuentra pendiente de aprobación por no haber hecho el

apelante gestión alguna para que fuera remitida al Hon.

Juez Hutchison, que

entendió en el juicio de dicho pleito, para ser aprobada.

La ley número 70 de 1911 enmendando el artÃculo 299 del Código de

Enjuiciamiento Civil impone claramente al secretario del tribunal donde se

archiva una exposición del caso o relación de hechos o un pliego de

excepciones el deber de dar cuenta con él, el mismo dÃa o al siguiente, al

juez que ha de impartirle su aprobación a fin de que fije la fecha de la

comparecencia de la partes con ese objeto, por lo que el secretario debió

cumplirlo en este caso sin esperar gestión de las partes.

En cuanto al motivo alegado en la moción como fundamento para la

desestimación pretendida, ya...

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