Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 23 D.P.R. 790

EmisorTribunal Supremo
DPR23 D.P.R. 790

23 D.P.R. 790 (1916) MONROIG V. CÃ"RDOVA ET AL.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Monroig, Demandante y Apelante, v. Córdova et al., Demandados y Apelados.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan, Sección 1 a., en

causa sobre tercerÃa de bienes inmuebles.

No. 1358.-Resuelto en mayo 2, 1916.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado de la apelante: Sr. Frank Antonsanti.

Abogado de los apelados: Sr. Antonio Trujillo Gáil.

El Juez Asociado Sr. del Toro, emitió la opinión del tribunal.

El presente es un pleito sobre tercerÃa de bienes inmuebles. Josefa O.

viuda de Monroig, entabló una demanda en la Corte de Distrito de San Juan

alegando, en resumen, que en cierto pleito seguido por Ramón Córdova contra

Ramón Solla, en cobro de pesos, el demandante Córdova habÃa embargado como

de la propiedad del demandado Solla cierta finca rústica de siete cuerdas

que pertenecÃa a la tercerista viuda de Monroig, por haberla ésta adquirido

en la ejecución de dos hipotecas que gravaban dos fincas del indicado Solla

parte de las cuales era la embargada por el expresado Córdova.

Uno de los demandados dentro de este pleito de tercerÃa, Ramón Córdova,

contestó la demanda, alegando, en resumen, que la finca por él embargada era

distinta de las ejecutadas por la demandante. Y asÃ

quedó trabada la

contienda en este pleito que fué resuelto, una vez practicadas las pruebas,

en contra de la demandante. La dicha demandante estableció entonces el

presente recurso de apelación.

La prueba de la demandante consistió en la escritura de la venta judicial

que hizo a su favor el márshal de la Corte de Distrito de San Juan, en la

declaración de los testigos Dionisio Bausó, Antonio Monroig, Plácido Ripoll

y Frank Antonsanti y en un plano.

Por la escritura se viene en conocimiento de que Ramón Solla era dueño por

tÃtulo de herencia de dos fincas rústicas que se describen asÃ:

"Primera: Terreno de altura con una cabida de veinte y cuatro cuerdas,

equivalentes a nueve hectáreas, cuarenta y tres áreas, veinte y nueve

centiáreas y treinta y seis centésimos, en el barrio de Hato Tejas, del

término municipal de Bayamón, lindando con fincas por el norte, de Antonio

Monroig, hoy de su sucesión; por el sur, de Eulogio Rivera, hoy de su

sucesión; por el este, de Ramón A. Solla y de Antonio Monroig, hoy su

sucesión, y por el oeste, de Eulogio Rivera, antes, hoy de la sucesión de

Antonio Monroig.

Segunda: Terreno con una cabida de nueve cuerdas, equivalentes a tres

hectáreas, cincuenta y tres áreas, y setenta y tres centiáreas, en el barrio

de Hato Tejas, del término municipal de Bayamón, y lindando con fincas, por

el norte y el este, de Antonio Monroig, hoy de su sucesión; por el sur, de

Eulogio Rivera, hoy de su sucesión, y por el oeste de la Sucesión Solla.

También se consigna en la escritura que Solla hipotecó

las fincas descritas

a favor de Don Pedro Fernández Umpierre, que éste vendió

las hipotecas a la

demandante y apelante, y que no habiendo Solla satisfecho a su debido tiempo

la deuda garantida, la demandante y apelante ejecutó las hipotecas y

habiéndose anunciado la venta de las fincas hipotecadas en pública subasta,

la repetida demandante y apelante las adquirió por cierta suma de dinero que

se abonó a su crédito.

El testigo Bausó, dijo que era agrimensor y empleado de la Central Juanita,

perteneciente a la Sucesión Monroig; que recibió orden de su jefe de

practicar la mensura de unas fincas de Ramón Solla y que cumplió en efecto

dicha orden. Su declaración ocupa cinco páginas en maquinilla y toda ella

tiende a demostrar que Solla le indicó las colindancias y le habló siempre

solamente de dos fincas. La mensura dió por resultado que la finca de nueve

cuerdas las tenÃa en efecto y que la finca de veinte y cuatro se componÃa de

treinta y una.

Declarando el testigo, se introdujo como prueba el plano levantado por el

mismo. En él aparece deslindada una extensión de terreno que comprende

cuarenta cuerdas dividida en dos porciones--una de nueve y otra de treinta y

una. Figura una casa.

El testigo Monroig declaró amplia y detalladamente con respecto a cierta

transacción que tuvo concertada con Solla sobre la compra de sus tierras

colindantes con la Central Juanita; que mandó medir dichas tierras; que

siempre entendió que se trataba de dos fincas; que sabÃa que las fincas

estaban gravadas y que en la transacción se habÃa tomado en cuenta tal hecho

encargándose el comprador del pago del gravamen y entregando al vendedor,

además, cierta suma de...

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