Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Marzo de 1908 - 26 D.P.R. 234

EmisorTribunal Supremo
DPR26 D.P.R. 234
Fecha de Resolución12 de Marzo de 1908

26 D.P.R. 234 (1918) PABÓN V. SOLIVELLAS Y COMPAÑÍA EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Pabón, Demandante y Apelante, v. Solivellas y Compañía et al., Demandados y Apelados.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Mayagüez en causa sobre injunction.

No. 1777.-Resuelto en marzo 15, 1918.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado del apelante: Sr. José Sabater.

Abogados de los apelados: Sres. Benet & Souffront.

El Juez Asociado Sr. Wolf, emitió la opinión del tribunal.

En este caso el apelante trató de conseguir se dictara una orden de injunction contra un embargo de bienes inmuebles así como de bienes muebles.

Después de varias vueltas y revueltas de los litigantes la corte en definitiva permitió que permaneciese el injunction contra la propiedad inmueble pero no contra los bienes personales embargados. El apelante se queja de la falta de no haberse incluído los bienes muebles dentro del alcance del injunction. Convenimos con el apelante que para recuperar bienes personales, objeto del embargo, no es preciso recurrir al procedimiento especialmente determinado por la Ley de 12 de marzo de 1908.

Véase la sección 5260 y siguientes de la Compilación.

Existe el derecho de elección, pero cuando se pide un injunction para conseguir esos fines...

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