Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 4 de Noviembre de 1902 - 3 D.P.R. 276

EmisorTribunal Supremo
DPR3 D.P.R. 276
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 1902

3 D.P.R. 276A (1903) PUEBLO V. IGLESIAS EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO El Pueblo v. Iglesias et al.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan.

No. 5.-Resuelto en mayo 8, 1903.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado del apelante: Sr. Juan R. Ramos.

Abogado del apelado: Sr. del Toro, Fiscal.

El Juez Asociado Sr. Sulzbacher, emitió la siguiente opinión del tribunal.

Juan Bautista Iglesias y Juan Díaz Orto fueron acusados ante el Tribunal del Distrito de San Juan por delito contra el derecho electoral. De los autos presentados ante este tribunal se desprende que los dichos acusados, como jueces de elección en el precinto 49 de Trujillo Alto, ya instalados en su cargo el día 4 de noviembre de 1902, ilegal y fraudulentamente y a sabiendas obstaculizaron la votación, no dando principio el acto a su tiempo, a pretexto de que no aparecieran (*) las llaves de las urnas, originando esto un retraso de dos horas, al extremo que tal votación no empezó hasta las doce del día; y una vez empezada, impidieron ilegal y voluntariamente el voto a algunos de los electores, haciéndoles presentar juramentos que después rechazaban, para exigirles los presentaran por segunda vez, bajo otra forma, para lo que tenían que salir del local, de lo que resultó que no se emitieron en dicho precinto muchos votos. Los acusados fueron debidamente juzgados por dicho tribunal de distrito y condenados a trescientos sesenta dollars de multa cada uno y a privación de derechos civiles y de capacidad para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR