Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 33 D.P.R. 514
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 33 D.P.R. 514 |
v.
No.: 2946, -Visto: Enero 31, 1924, Resuelto: Julio 11, 1924.
Sentencia de Luis Campillo, J. (San Juan, Primer Distrito), en una acción
reivindicatoria, declarando con lugar la demanda y sin lugar la
contrademanda, con las costas. Confirmada.
J. Guzmán Benítez, abogado del apelante; M.
M. Ginorio, abogado del apelado.
El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
El demandante don Acisclo Marxuach y el demandado don Antolín Nin son dueños
de dos fincas colindantes por el Oeste y por el Este, respectivamente,
radicadas en el barrio de Seboruco de Santurce, en esta ciudad, y la
cuestión que motiva este pleito es la reclamación que Marxuach hace a Nin
para que le entregue 3 cuerdas 26 céntimos de terreno que alega ser de su
propiedad y que indebidamente está ocupando Nin, quien no sólo niega tal
cosa sino que contrademandó a Marxuach para que le entregue 2 cuerdas 68
céntimos de terreno que un dueño anterior de la finca de Marxuach le quitó y
para que le pague indemnización de perjuicios sufridos por no haber podido
comprar un edificio construído en su finca a causa de la ocupación del
terreno por el que establece su contrademanda. Declarada con lugar la
demanda y sin lugar la contrademanda interpuso Nin este recurso de
apelación.
Las fincas de Marxuach y de Nin son partes de una finca que la sucesión
Cortijo tenía inscrita en el registro de la propiedad desde el año 1904 con
cabida de 40 cuerdas, colindante por el Sur con el caño de Martín Peña, de
la cual compró Nin 21 cuerdas 82 centavos en el año 1906 y otras 9 cuerdas
41 centavos en 1908, que suman 31 cuerdas 23 centavos, por lo que quedó un
resto a los Cortijo de 8 cuerdas 77 céntimos que posteriormente compró el
abogado don Manuel Ginorio y que después de varias trasmisiones ha llegado a
ser del demandante Marxuach.
La finca de los Cortijo tenía una parte de ella al Norte del camino del
Seboruco que llegó a ser de don José María Blanco por compra, quedando las
dos fincas de los litigantes al Sur de dicho camino del Seboruco con cabida
la de Nin de 13 cuerdas 70 céntimos, y la de Marxuach de 8 cuerdas 77
céntimos, colindantes ambas por el Sur con el caño de Martín Peña según sus
títulos. Dice Nin que él compró a los Cortijo solamente terreno seco y que
entonces hizo medir toda la finca dando un total de terreno...
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