Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 33 D.P.R. 981

EmisorTribunal Supremo
DPR33 D.P.R. 981

33 D.P.R. 981 (1925) RIVERA ET AL. V. CINTRÓN

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Rivera et al., Demandantes y Apelantes,

v.

Sanz Cintrón, Demandado y Apelado.

No.: 3186

Visto: Marzo 21, 1924

Resuelto: Febrero 18, 1925.

Sentencia de Enrique Lloreda, J. (Arecibo), declarando sin lugar la demanda,

con costas. Revocada y dictada otra en su lugar.

R. Agrait Aldea, abogado del apelante; Antonio Lens Cuena y Luis Mercader,

abogados del apelado.

El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.

A la muerte de Eladio Rivera Colón sus tres hijos naturales reconocidos,

Emilio Rivera Vélez, Osvaldo de iguales apellidos y Juana de León, que se

nombra en este pleito Juana Rivera, siendo los dos últimos menores de edad

pero representados legalmente por otras personas, practicaron en 7 de agosto

de 1912 las operaciones de inventario, avalúo, partición y adjudicación de

los bienes relictos de su padre, las que fueron aprobadas judicialmente,

protocoladas en una notaría e inscritas en el registro de la propiedad. En

esas operaciones fueron inventariados varios bienes inmuebles y dinero, así

como algunas deudas de cuyo pago se hizo cargo el heredero mayor de edad

Emilio, a quien se adjudicaron bienes en cantidad suficiente para el pago de

las deudas y de su participación hereditaria. Posteriormente, y siendo ya

mayor de edad el heredero Osvaldo, vendió a tercera persona el condominio

que le fué adjudicado en uno de los bienes inmuebles de la herencia y más

tarde, en agosto 22, presentó este pleito en unión de Juana Rivera para que

se declare que cada uno de ellos es dueño de una tercera parte o condominio

pro indiviso de la finca objeto del pleito, y que se cancele en el registro

la inscripción de la partición de bienes de que se ha hecho mención en

cuanto a dos terceras partes de la finca a que se hace referencia por ser

inexistentes y sin eficacia alguna los actos que dieron motivo a esas

inscripciones y que el demandado les restituya la posesión de esos

condominios y les pague cierta cantidad por las rentas percibidas y las que

se perciban hasta terminar el pleito. La acción en este caso fué dirigida

contra plcido Sanz Cintrón, actual dueño de la finca, que ha llegado a su

poder después de varias transmisiones, y fué defendido en este pleito en

evicción por el que le vendió. Dictada sentencia en contra de los

demandantes, interpuso apelación solamente Juana Rivera. Por el hecho de no

apelar Osvaldo y tal vez por otras...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR