Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 34 D.P.R. 609
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 34 D.P.R. 609 |
v.
No.: 3455
Visto: Marzo 5, 1925, Resuelto: Julio 28, 1925.
Sentencia de Angel Acosta, J. (Mayagüez), declarando sin lugar peticiones de
entredicho e injunction. Confirmada.
Alemañy & Ramírez, abogados del apelante; Pedro Baigés Gómez, abogado de la
demandada-apelada María Narcisa Pérez.
El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.
El demandante estableció demanda de divorcio basado en el adulterio de la
esposa, con la súplica de que la corte dicte un pronunciamiento sobre el
estado legal de un niño que se alega haber nacido como consecuencia de tales
relaciones ilícitas, y que la corte dicte una orden preliminar de injunction
para que no se verifique la inscripción del nacimiento de tal niño como hijo
del demandante en el Registro Civil.
Estamos interesados ahora solamente en este último particular, siendo la
única alegación del apelante que:
La corte erró al desestimar las peticiones de entredicho e injunction
fundándose en que en una acción de la naturaleza de la que en este caso se
ejercitó, hasta tanto no sea el mismo resuelto en definitivo, no procede
ningún remedio extraordinario de la naturaleza del que se solicita.
En apoyo de esta proposición el apelante descansa en nuestra definición
estatutoria del injunction, Estatutos Compilados, sección 1354, en la máxima
Ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus y en la cita que hace en
su alegato, a saber:
"Aunque la jurisdicción de equidad para conceder un injunction se considera
generalmente como limitada a los casos donde están envueltos derechos de
propiedad y que no se extiende a un derecho exclusivamente personal, sin
embargo, en muchos casos en los cuales se ha concedido un remedio, parece
que aunque el ejercicio de la facultad se funda nominalmente en un alegado
derecho de propiedad, la observancia de la regla de que la equidad se
limitar a los derechos de propiedad es, en realidad, sólo nominal, siendo
el derecho para proteger el cual se concede el remedio, en realidad
meramente personal.... En una jurisdicción se ha afirmado categóricamente
que un injunction puede concederse para proteger un derecho personal, cuya
resolución, aun cuando se dicte en una jurisdicción...
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