Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Marzo de 1925 - 34 D.P.R. 878

EmisorTribunal Supremo
DPR34 D.P.R. 878
Fecha de Resolución17 de Marzo de 1925

34 D.P.R. 878 (1926) HAEUSSLER V. RALPH WORMS & CO.

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Alfredo F. W. Haeussler, demandante y apelado, v. Ralph Worms & Co., demandada y apelante.

No.: 3760 Visto: Enero 15, 1926, Resuelto: Enero 28, 1926.

Sentencia en rebeldía registrada por el Secretario de la Corte de Distrito de San Juan (Segundo Distrito), con costas. Revocada.

Hugh R. Francis, abogado de la apelante; Henry G. Molina y Leopoldo Feliú, abogados del apelado.

El Juez Presidente Señor del Toro, emitió la opinión del tribunal.

La demanda en el presente caso se funda en un documento firmado por las partes el 17 de marzo de 1925 y que se copia en la misma, en el cual se convino que la demandada pagaría al demandante mil cuatrocientos un dólares y cuarenta centavos en plazos semanales de trescientos dólares cada uno.

"En garantía de los plazos semanales," dice textualmente el documento, "la sociedad Ralph Worms & Co. se compromete a remesar a New York toda la mercancía que produzca en su fábrica .... a nombre del señor Haeussler, por conducto de la Porto Rican Express Co., a su destino, agreg ndole un C. O.

D. por trescientos dólares para que sean pagados al señor Haeussler o bien envi ndola por conducto de dicho express con un giro a la vista de igual suma para que éste sea pagado como condición precedente a la entrega de la mercancía, por la persona a cuya consignación vayan los géneros." La demanda alega además "que en las semanas correspondientes al 19 y 26 de marzo, la demandada envió dos embarques de mercancías a los Estados Unidos, consistentes en perlas fabricadas por dicha mercantil, sin ser enviados dichos embarques a nombre del Sr. Haeussler, ni sin agregarle a dichos embarques un C. O. D. por los $300.00, según las estipulaciones de la obligación, .... sin haber tampoco enviado por conducto de la Porto Rican Express Co. un giro a la vista por los ameritados $300.00 para que fuesen pagados como condición precedente a la entrega de las mercancías." Termina la demanda suplicando que se dicte una sentencia que condene a la demandada a pagarle $600, correspondientes a los plazos indicados, con más los intereses y las costas.

No contestó la demandada. Se anotó su rebeldía y se dictó sentencia de acuerdo con la súplica y contra esa sentencia es que se ha interpuesto el presente recurso de apelación.

Como único error alega la apelante que la sentencia es nula porque la demanda carece de hechos suficientes para sostenerla ya que "no alega en...

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