Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 35 D.P.R. 767
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 35 D.P.R. 767 |
v.
No.: 2800, -Visto: Junio 18, 1926, Resuelto: Julio 15, 1926.
Sentencia de Gabriel Castejón, J.
(Humacao), condenando a los acusados
culpables de infracción al artículo 137 del Código Penal. Revocada y
absueltos los acusados.
Adolfo García Veve, abogado de los apelantes; José E. Figueras, abogado de
El Pueblo, apelado.
El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.
La denuncia en este caso era como sigue:
Yo, Félicot García, P. I. No. 395, vecino de Fajardo, P. R., calle del Río,
número ----, mayor de edad formulo denuncia contra Concepción Santiago y
Félix Feliciano, por delito de Inf. al Art.
137 del C. P., cometido de la
manera siguiente: Que en 30 de Nov. 1:30 P. M. de 1925, y en el sitio
Maternillo de la Playa de Fajardo, P. R., del Distrito Judicial Municipal de
Fajardo, P. R., que forma parte del distrito judicial de Humacao, P. R., los
acusados arriba mencionados, allí y entonces, maliciosa, voluntaria e
ilegalmente y en los momentos en que el denunciante en unión al Jefe de
Distrito y del guardia Tomás Díaz, trataban de ocupar un licor en la casa de
los acusados, éstos voluntariamente resistieron, demoraron y estorbaron la
acción de las autoridades allí presentes, sujetando al denunciante,
derribándolo al suelo, dando tiempo a que la señora de la casa cogiera el
licor y lo botara.
A menos que se esté cometiendo un delito o a menos que tenga una orden de
allanamiento un policía no tiene más derecho de entrar a una casa particular
y empezar a registrarla que cualquier otro ciudadano. De manera que una
denuncia que ni describe la comisión de un delito ni la ejecución de una
orden de allanamiento, no imputa el delito de resistir un funcionario, según
lo expresa el artículo 137 del Código Penal, que dice así:
Toda persona que voluntariamente resistiere, demorare, o estorbare a
cualquier funcionario público en el cumplimiento de alguna de las
obligaciones de su cargo, o al tratar de cumplirla, siempre que no hubiere
otra pena señalada, incurrir en multa máxima de cinco mil (5,000) dollars y
cárcel por un término máximo de un año.
No aparece de la denuncia que los policías estuvieran en la casa de los
acusados en el cumplimiento...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 66 D.P.R. 242
...hecho de que está actuando en gestiones propias de su cargo. McLendon v. State, 12 Ga. App. 691, 78 S. E. 139. Véase Pueblo v. Santiago, 35 D.P.R. 767. No habiéndose probado que el acusado voluntariamente obstruyera la del márshal, procede la revocación de la sentencia apelada.
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 66 D.P.R. 242
...hecho de que está actuando en gestiones propias de su cargo. McLendon v. State, 12 Ga. App. 691, 78 S. E. 139. Véase Pueblo v. Santiago, 35 D.P.R. 767. No habiéndose probado que el acusado voluntariamente obstruyera la del márshal, procede la revocación de la sentencia apelada.