Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 36 D.P.R. 303
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 36 D.P.R. 303 |
Nos.: 4005 y 4007, -Vistos: Diciembre 8, 1926, Resueltos: Febrero 23, 1927.
Sentencias de Miguel A. Muñoz, J. (San Juan), declarando sin lugar las
solicitudes de quo warranto, sin costas.
Revocada la dictada en el primer
caso en la parte que fué apelada, o sea en su pronunciamiento relativo a
costas y confirmada la dictada en el segundo caso en cuanto por ella se
declaró no haber lugar al quo warranto solicitado.
Juan de Guzmán Benítez, abogado del Banco apelante en el primer caso y F.
Soto Gras y R. Díaz Collazo, abogados de los relatores apelantes en el
segundo; Francisco Soto Gras y Juan de Guzmán Benítez, abogados de los
apelados en los casos mencionados, respectivamente.
El Juez Asociado Señor Franco Soto, emitió la opinión del tribunal.
El Attorney General, a nombre del Pueblo de Puerto Rico, radicó a instancia
de los relatores Dionisio Trigo y otros, este procedimiento de quo warranto
contra los demandados, solicitando: (a)
que la conversión del Banco
Territorial y Agrícola de Puerto Rico, sociedad anónima, en corporación, y
el certificado de incorporación expedido por el Secretario Ejecutivo de
Puerto Rico son ilegales por no estar autorizados por la ley de bancos, que
prohibe la incorporación de personas jurídicas y que está usurpando la
franquicia primaria de su incorporación; (b) que si las personas naturales
aquí demandadas son las que han recibido la franquicia de ser una
corporación, también la poseen ilegal y fraudulentamente, y (c) que aún en
el supuesto de tener existencia la corporación, ya como sociedad anónima
incorporada, bien como forma de asociación de hacer negocios, las personas
naturales aquí demandadas están usurpando y violando las franquicias
secundarias por no haber cumplido con los requisitos que exige la ley de
bancos, perdiendo el derecho de hacerlo, o que se le prohiba que lo haga
hasta que cumpla tales requisitos.
Una orden fué expedida por la corte inferior citando a los demandados para
que contestando la querella justificasen en virtud de qué autoridad estaban
poseyendo la franquicia de ser corporación, etc.
Los demandados presentaron una...
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