Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 36 D.P.R. 91
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 36 D.P.R. 91 |
36 D.P.R. 91 (1926) MELCHIOR, ARMSTRONG, DESSAU CO. V.
BANCO COMERCIAL
No.: 3652, -Visto: Febrero 16, 1926, Resuelto: Diciembre 21, 1926.
Moción sobre desestimación de apelación presentada por los apelados Banco
Comercial y E. Giorgetti. Con lugar.
Henry G. Molina y Leopoldo Feliú, abogados de la apelante; Jaime Sifre, Jr.,
y Horacio Franceschi, abogados del apelado Señor Giorgetti; Gabriel de la
Haba y A. Sarmiento, abogados del Banco Comercial, apelado.
El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
La corporación Melchior, Armstrong, Dessau Co. of Delaware, Inc., demandó en
juicio ordinario en cobro de pesos al Banco Comercial de Puerto Rico y a don
Eduardo Giorgetti alegando que la Central Bayaney de Arecibo reconoció deber
a Melchior, Armstrong & Dessau Co.
Inc., la cantidad de $42,514.40 por los
cuales le otorgó tres pagarés que están vencidos y no pagados y que para
garantía de esa deuda constituyó hipoteca a su favor sobre ciertas fincas
que describe en la demanda; que los pagarés han sido endosados a la
demandante y que dichas fincas han sido vendidas al Banco Comercial de
Puerto Rico, cuyo banco las vendió después a don Eduardo Giorgetti por lo
que suplicó fueran condenados los demandados a pagarle los $42,514.40 y que
en defecto de pago fueran vendidos esos inmuebles en subasta para el cobro
de su crédito.
Por virtud de excepciones previas de los demandados la corte de distrito
resolvió que la Central Bayaney debía ser hecha parte demandada y de acuerdo
con esa resolución la demandante enmendó su demanda a ese solo efecto
agregando a ella que la Central estaba en quiebra, que el trustee de la
quiebra era don Francisco García y que se condenase al pago a los
demandados, así como que si no satisfacían la deuda fuesen vendidos los
bienes hipotecados para cobrar su crédito.
La Central Bayaney no contestó la demanda y habiendo sido anotada la
rebeldía se celebró el juicio en el que la demandante enmendó la súplica de
su demanda en el sentido de que los demandados, Banco Comercial de Puerto
Rico y el Sr. Giorgetti, fueran condenados a pagar la cantidad reclamada, y
dictada sentencia declarando sin lugar la demanda ha sido apelada...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Junio de 1941 - 58 D.P.R. 865
...para conocer del mismo y procede desestimarlo. Rios v. Rios, 15 D.P.R. 263; Melchor Armstrong, etc. v. Banco Comercial, 36 D.P.R. 91; Montero v. Sucn. Santoni, 55 D.P.R. 713; habiéndose resuelto, además, que la notificación es necesario hacerla no a una [P870] sino a todas las parte......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 37 D.P.R. 789
...Se nos pide que reconsideremos nuestra resolución en este caso por la que desestimamos la apelación interpuesta por la demandante (36 D.P.R. 91), aunque esa solicitud ha sido presentada muchos meses después de su fecha le prestaremos atención en vista de las circunstancias concurrentes, ya ......
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