Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 36 D.P.R. 101

EmisorTribunal Supremo
DPR36 D.P.R. 101

36 D.P.R.

101 (1926) MORALES CINTRÓN V. REGISTRADOR

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Margarita Morales Cintrón, recurrente,

v.

El Registrador de San Germán, recurrido.

No.: 650, -Sometido: Noviembre 2, 1926, Resuelto: Diciembre 22, 1926.

Nota de Luis Capó Matres, R. (San Germán), denegando inscripción de una

resolución aprobatoria de dominio. Revocada.

José

Sabater, abogado del recurrente; El Registrador recurrido no

compareció.

El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.

Margarita Morales Cintrón ha interpuesto este recurso gubernativo para que

ordenemos al Registrador de la Propiedad de San Germán que inscriba la

declaración de dominio que a su favor hizo la Corte de Distrito de Mayagüez

de dos fincas rústicas las que el registrador no ha inscrito por lo

siguiente:

Denegada la inscripción del precedente documento, que es una certificación

expedida el día once de agosto corriente por Enrique Báez, refrendada por

Narciso Cuevas, Secretario y Subsecretario, respectivamente de la Corte de

Distrito del Distrito Judicial de Mayagüez, creditiva del auto-aprobatorio

dictado por el Hon. Charles E. Foote, Juez de dicha Corte en la propia fecha

y en el Caso Civil No. 11755 y tomada en lugar de dicha inscripción

anotación preventiva por el término legal de ciento veinte días a favor de

la promovente MARGARITA MORALES Y CINTRON a los folios 168 y 225

vueltos del tomo 62 del ayuntamiento de Cabo-Rojo, fincas No. 2493 y 2498

anotaciones letras "B" por observarse que de los antecedentes que existen en

este Registro, que son las anotaciones que por 120 días se tomaron a los folios

167 y 224 del citado tomo y número de fincas anotaciones letras "A" aún

vigentes, se trató de inscribir dos hipotecas constituídas por la promovente

en este expediente de dominio, Margarita Morales y Cintrón; la primera a

favor de Julio P. Castro y Ramón López Llaque, sobre las fincas a que se

contrae dicho expediente, según escrituras números 95 y 99 otorgadas en la

ciudad de Mayagüez ante el Notario José Sabater y García a veinte y

veinticinco de abril último respectivamente, y cuyas hipotecas fueron

denegadas por no aparecer las fincas hipotecadas inscritas a nombre de la

deudora promovente, ni de ninguna otra persona, y se hace constar en dichas

anotaciones de las hipotecas denegadas, que la promovente adquirió las

fincas por herencia testada de su padre Florencio Morales y Núñez que

falleció

en el pueblo de Cabo-Rojo en el mes de...

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