Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 37 D.P.R. 410

EmisorTribunal Supremo
DPR37 D.P.R. 410

37 D.P.R. 410 (1927) MUNICIPIO V. CORTE DE DISTRITO

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Municipio de Cabo Rojo, peticionario,

v.

La Corte de Distrito de Mayagüez, Hon. Charles E. Foote, Juez, demandado;

Antonio Martín, a nombre de la Caja de Economías y Préstamos de Cabo Rojo, interventor.

No.: 558, -Visto: Marzo 7, 1927, Resuelto: Julio 30, 1927.

Certiorari para revisar resolución de Charles E. Foote, J. (Mayagüez),

declarando sin lugar moción del demandante solicitando sentencia sobre las

alegaciones. Anulada la resolución recurrida.

Ricardo del Toro Soler, abogado del peticionario; A. Ramírez, abogado del

interventor.

El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.

El Municipio de Cabo Rojo demandó en la Corte de Distrito de Mayagüez a la

Caja de Economías y Préstamos de Cabo Rojo en cobro de dinero y le embargó

preventivamente bienes para el aseguramiento de la sentencia que se dictase.

En esa demanda, que estaba jurada, alegó que había depositado en la caja

demandada $15,000 para serles devueltos a los seis meses con intereses del

3-1/2 por ciento mensual: que después de vencido ese plazo retiró $12,000,

resultando así un balance de $3,000 a favor del demandante: que habiendo

depositado posteriormente en cuenta corriente en la misma caja demandada la

cantidad de $15,000 resultó un total de 18,000 a favor del demandante: que

librado un cheque por el tesorero municipal contra la demandada ésta se negó

a pagarlo manifestando no tener fondos suficientes disponibles para

satisfacerlo por lo cual el demandante protestó ese cheque el mismo día en

que fué negado el pago, mediante acta notarial en la que la demandada

reconoció la legitimidad de la deuda; y alegó además que dicha cantidad no

le ha sido pagada total ni parcialmente por la demandada ni por otra

persona, por todo lo que pidió sentencia a su favor por $18,000 con sus

intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas.

La Caja de Economías y Préstamos de Cabo Rojo presentó contestación sin

juramento, haciendo una negativa general de los hechos de la demanda, y por

esto el demandante solicitó de la corte que dictase sentencia contra la

demandada.

Antes de ser resuelta esa moción compareció

en el pleito don Antonio Martín

manifestando que después de presentada la demanda en este pleito él fué

nombrado en otro procedimiento administrador judicial de la demandada: que

la cantidad que reclama el municipio le es debida por la...

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