Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 37 D.P.R. 410
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 37 D.P.R. 410 |
No.: 558, -Visto: Marzo 7, 1927, Resuelto: Julio 30, 1927.
Certiorari para revisar resolución de Charles E. Foote, J. (Mayagüez),
declarando sin lugar moción del demandante solicitando sentencia sobre las
alegaciones. Anulada la resolución recurrida.
Ricardo del Toro Soler, abogado del peticionario; A. Ramírez, abogado del
interventor.
El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
El Municipio de Cabo Rojo demandó en la Corte de Distrito de Mayagüez a la
Caja de Economías y Préstamos de Cabo Rojo en cobro de dinero y le embargó
preventivamente bienes para el aseguramiento de la sentencia que se dictase.
En esa demanda, que estaba jurada, alegó que había depositado en la caja
demandada $15,000 para serles devueltos a los seis meses con intereses del
3-1/2 por ciento mensual: que después de vencido ese plazo retiró $12,000,
resultando así un balance de $3,000 a favor del demandante: que habiendo
depositado posteriormente en cuenta corriente en la misma caja demandada la
cantidad de $15,000 resultó un total de 18,000 a favor del demandante: que
librado un cheque por el tesorero municipal contra la demandada ésta se negó
a pagarlo manifestando no tener fondos suficientes disponibles para
satisfacerlo por lo cual el demandante protestó ese cheque el mismo día en
que fué negado el pago, mediante acta notarial en la que la demandada
reconoció la legitimidad de la deuda; y alegó además que dicha cantidad no
le ha sido pagada total ni parcialmente por la demandada ni por otra
persona, por todo lo que pidió sentencia a su favor por $18,000 con sus
intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas.
La Caja de Economías y Préstamos de Cabo Rojo presentó contestación sin
juramento, haciendo una negativa general de los hechos de la demanda, y por
esto el demandante solicitó de la corte que dictase sentencia contra la
demandada.
Antes de ser resuelta esa moción compareció
en el pleito don Antonio Martín
manifestando que después de presentada la demanda en este pleito él fué
nombrado en otro procedimiento administrador judicial de la demandada: que
la cantidad que reclama el municipio le es debida por la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba