Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 38 D.P.R. 112
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 38 D.P.R. 112 |
No.: 3303, -Visto: Enero 13, 1928, Resuelto: Abril 28, 1928.
Sentencia de Domingo Sepúlveda, J. (San Juan), condenando al acusado por
delito de calumnias e injurias. Confirmada.
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Sánchez Castaño, G. Benítez Gautier y Dubón & Ochoteco, abogados del
apelante; José E.
Figueras, abogado de El Pueblo, apelado.
El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.
En el pueblo de Bayamón, y en presencia de varias personas, el acusado dijo:
"Esa americana es una puta." En apelación de una sentencia condenatoria
por el delito de calumnia e injurias, el fiscal de esta corte conviene con
el apelante en que este caso debe ser revocado. La teoría es que las
palabras proferidas no imputan delito alguno ni son un relato o informe
dentro de la sanción de nuestro estatuto. Sección 5691 et seq., Compilación
de los Estatutos Revisados de 1911, página 951.
Indicamos durante la vista que hay un estatuto federal general aplicable a
los territorios de los Estados Unidos, según el cual la fornicación
constituye un delito. Codificación de las Leyes de los Estados Unidos,
título 18, capítulo XIII, secciones 511 y 518. El fiscal dice, entre otras cosas:
"Asumiendo que la imputación de la denuncia cayese dentro de la sección 518,
¿podría la Corte de Distrito de los Estados Unidos para Puerto Rico
enjuiciar a la perjudicada por dicho delito? A nuestro juicio, no. La
jurisdicción de la Corte Federal es limitada en cuanto a los delitos, y
tiene jurisdicción solamente de aquellos por violación a los estatutos
federales de los Estados Unidos. Siendo esto así, aún suponiendo que la
imputación fuese más general y estableciese el comercio carnal siendo
soltera, si no se alega que el hecho ha sido realizado dentro de los límites
jurisdiccionales de la Corte Federal no nos parece que habría establecido la
imputación de delito, que es el elemento esencial requerido por la ley y la
jurisprudencia.
"No tenemos duda alguna de que una imputación calumniosa que estableciese el
hecho de una persona haber hurtado correspondencia en una oficina de correo,
establecería la imputación clara de un delito penado por las leyes
federales, y, por tanto, sería procesable por calumnia, e injuria, porque
tendría el elemento esencial para hacerlo delito dentro de las leyes federales.
Pero la imputación de un...
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