Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 39 D.P.R. 915

EmisorTribunal Supremo
DPR39 D.P.R. 915

39 D.P.R. 915 (1929) DESPIAU V. MONTILLA

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Dr. G. L. Despiau, demandante y apelado,

v.

José Montilla, demandado y apelante.

No.: 4510, -Sometido: Marzo 19, 1929, Resuelto: Julio 16, 1929.

Sentencia de C.

Llauger Díaz, J. (San Juan), declarando con lugar la demanda

en cobro de servicios profesionales, con costas, sin incluir honorarios. Confirmada.

Luis Tirado Géigel, abogado del apelante; F. Soto Gras, abogado del apelado.

El Juez Presidente Señor del Toro, emitió la opinión del tribunal.

G. L. Despiau, un cirujano dentista que ejerce su profesión en esta ciudad

de San Juan, demandó a José Montilla para que le pagara mil dólares como

honorarios por servicios prestados al propio Sr. Montilla, a su esposa y a

sus hijos.

Contestó el demandado negando la prestación de algunos de los servicios

especificados en la demanda y aceptando otros, y conviniendo en que debe al

demandante la suma de cincuenta y nueve dólares.

Fué el pleito a juicio. Practicóse una larga prueba y finalmente la corte

dictó sentencia condenando al demandado a pagar al demandante trescientos

cincuenta dólares y las costas sin honorarios de abogado.

No conforme el demandado apeló señalando en su alegato tres errores que

argumenta ampliamente. Todos se refieren a la apreciación de la prueba.

A nuestro juicio la sentencia debe ser confirmada. El juez de distrito fué

cuidadoso en su apreciación y eliminó todo aquello que no consideró

demostrado. Para llegar a su conclusión final resolvió el conflicto de la

evidencia y no se ha demostrado que actuara movido por pasión, prejuicio o

parcialidad, ni que cometiera manifiesto error.

La base de diez dólares por hora que adoptó, atendidas todas las

circunstancias concurrentes y la prueba pericial practicada, no parece

excesiva. Y en lo que se refiere a los servicios del niño...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR